Preambulo �nico Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Álava / Araba-
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Preambulo �nico Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Álava / Araba-

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Preambulo

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La Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha acometido un profundo proceso de renovación de la normativa vigente en el Territorio Histórico de Álava en el gravamen de las rentas obtenidas por las personas jurídicas y las demás entidades sometidas al citado Impuesto, tanto desde el punto de vista sistemático como en cuanto a la regulación sustantiva del tributo.

La Disposición Derogatoria Única, apartado 3, de la mencionada Norma Foral dispone que, mientras no se produjera el desarrollo reglamentario de la misma, seguirán en vigor las disposiciones reglamentarias dictadas en desarrollo de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio, del Impuesto sobre Sociedades, constituidas fundamentalmente por el Decreto Foral 60/2002, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, y ello en tanto no se opusieran a los preceptos establecidos en la nueva Norma Foral.

La Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades remite en múltiples apartados a un desarrollo reglamentario posterior tanto respecto de los aspectos procedimentales de las diferentes solicitudes o procedimientos de vinculación administrativa previa, como en referencia a la precisión de determinados conceptos contenidos en la regulación.

Además, la transición entre la normativa derogada y la nueva regulación plantea una serie de supuestos en los que es preciso el ejercicio de determinadas opciones o la tramitación de determinadas solicitudes por parte de los contribuyentes, lo que hace que sea preciso acometer con premura el desarrollo reglamentario de la nueva Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades.

En este mismo sentido es de destacar la existencia de determinados aspectos muy novedosos en la regulación del Impuesto sobre Sociedades que precisan, para poder ser aplicados plenamente, de una mayor concreción en su formulación o del desarrollo de las normas reglamentarias a que remite la Norma Foral del Impuesto.

El presente Decreto Foral tiene, por tanto, la finalidad de acometer el desarrollo reglamentario de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, mediante la aprobación de su Reglamento, que completa la regulación normativa de este Impuesto y otorga la necesaria seguridad jurídica a los contribuyentes.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-08-2014 en vigor desde 09-08-2014