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Preambulo Operaciones 2015 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario

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De acuerdo con el artículo 63.3 del Texto Refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, y dado que se acerca la finalización del actual ejercicio presupuestario, con la finalidad de coordinar las actuaciones de los departamentos que constituyen las secciones presupuestarias, del Servicio de Salud de las Illes Balears y de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, es necesario que la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas dicte las normas pertinentes para regular las operaciones sobre gestión financiera y contabilidad pública, a fin de que las tareas para la liquidación y cierre de este ejercicio y para la apertura del siguiente se realicen de manera coordinada y eficaz.

Por ello, dicto la siguiente

ORDEN