Preambulo Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único
Preambulo
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Con fecha 1 de septiembre de 2017 entró en vigor la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, cuyo artículo 12.5 contiene un mandato a la Administración autonómica dirigido a crear, en la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, un órgano colegiado encargado de emitir el Informe Único en la tramitación de los instrumentos de ordenación establecidos por dicha Ley, así como para actuar como órgano ambiental autonómico en los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y de evaluación de impacto ambiental de proyectos.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 153 y 158 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, y con la disposición final decimoprimera de la Ley 4/2017, de 13 de julio, a propuesta de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad y del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias y previa deliberación del Gobierno, en su reunión celebrada el día 25 de febrero de 2019,
DISPONGO:
