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Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. - Boletín Oficial del Estado de 18-11-2020

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 19/11/2020

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 303

F. Publicación: 18/11/2020


CAPÍTULO I. Apoyo a la solvencia empresarial
Artículo 1. Extensión de los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido aval público canalizado a través del Instituto de Crédito Oficial. Artículo 2. Formalización en escritura pública de la extensión de los plazos de vencimiento y carencia. Artículo 3. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado
CAPÍTULO II. Medidas relativas al sector energético
Artículo 4. Exenciones temporales relativas a los gasoductos de transporte con destino u origen en países no pertenecientes a la Unión Europea. Artículo 5. Ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el ejercicio 2020.
CAPÍTULO III. Medidas en materia tributaria
Artículo 6. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19. Artículo 7. Aplicación del tipo del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas. Artículo 8. Concesión de un suplemento de crédito destinado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Artículo 9. Concesión de un crédito extraordinario destinado al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Artículo 10. Aplicación a las Administraciones Territoriales de determinadas normas de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Acceso del Instituto de Crédito Oficial a la CIRBE.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio de suspensión de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. D.F. 6ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. D.F. 7ª. Modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. D.F. 8ª. Modificación del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. D.F. 9ª. Modificación del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. D.F. 10ª. Modificación de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. D.F. 11ª. Títulos competenciales. D.F. 12ª. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea. D.F. 13ª. Desarrollo reglamentario y habilitación normativa. D.F. 14ª. Entrada en vigor. ANEXO