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Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Boletín Oficial del Estado de 27-12-1989

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Preambulo

Articulo Único.

Capítulo 1. Disposiciones generales

Articulo 1. Concepto.

Art. 2. Denominación.

Art. 3. Carácter mercantil.

Art. 4. Capital mínimo.

Art. 5. Nacionalidad.

Art. 6. Domicilio.

Capítulo II. De la fundación de la sociedad

Sección Primera. De la constitución de la sociedad

Art. 7. Constitución e inscripción.

Art. 8. Escritura de constitución.

Art. 9. estatutos sociales.

Art. 10. Autonomía de la voluntad.

Art. 11. Ventajas de los fundadores.

Art. 12. Suscripción y desembolso inicial mínimo.

Art. 13. Procedimientos de fundación.

Sección Segunda. De la fundación simultanea

Art. 14. Numero de fundadores.

Art. 15. Sociedad en formación.

Art. 16. Sociedad irregular.

Art. 17. Solicitud de inscripción.

Art. 18. Responsabilidad de los fundadores.

Sección Tercera. De la fundación sucesiva

Art. 19. Ámbito de aplicación.

Art. 20. Programa de fundación.

Art. 21. Depósito del programa.

Art. 22. Suscripción de acciones y desembolso.

Art. 23. Indisponibilidad de las aportaciones.

Art. 24. Boletín de suscripción.

Art. 25. Convocatoria de la junta constituyente.

Art. 26. Junta constituyente.

Art. 27. Adopción de acuerdos.

Art. 28. Acta de la junta Constituyente.

Art. 29. Escritura e inscripción en el registro mercantil.

Art. 30. Responsabilidad de los otorgantes.

Art. 31. Obligaciones anteriores a la inscripción.

Art. 32. Responsabilidad de los promotores.

Art. 33. Consecuencias de la no inscripción.

Sección Cuarta. De la nulidad de la sociedad

Art. 34. Causas de nulidad.

Art. 35. Efectos de la declaración de nulidad.

Capítulo III. De las aportaciones

Sección Primera. De las aportaciones y de las adquisiciones onerosas

Art. 36. Objeto y título de la aportación.

Art. 37. Aportaciones dinerarias.

Artículo 38. Aportaciones no dinerarias: informe del experto.

Artículo 38 bis. Excepciones a la exigencia del informe.

Artículo 38 ter. Informe de los administradores.

Artículo 38 quater. Publicidad de los informes.

Art. 39. Aportaciones no dinerarias. Responsabilidad.

Art. 40. Verificación del desembolso.

Art. 41. Adquisiciones onerosas.

Sección Segunda. De los dividendos pasivos

Art. 42. Dividendos pasivos.

Art. 43. Mora del accionista.

Art. 44. Efectos de la mora.

Art. 45. Reintegración de la sociedad.

Art. 46. Responsabilidad en la transmisión de acciones no liberadas.

Capítulo IV.De las acciones

Sección Primera. De la acción y de los derechos del accionista

Art. 47. La acción como parte del capital.

Art. 48. La acción como conjunto de derechos.

Art. 49. Clases y series de acciones.

Art. 50. Acciones privilegiadas.

Artículo 50 bis. Igualdad de trato.

Sección Segunda. De la documentación y transmisión de las acciones

Art. 51. Representación de las acciones.

Art. 52. Representación mediante títulos.

Art. 53. Título de la acción.

Art. 54. Resguardos provisiónales.

Art. 55. Libro-registro de acciones nominativas.

Art. 56. Transmisión de acciones.

Art. 57. Constitución de derechos reales limitados sobre las acciones.

Art. 58. Legitimación del accionista.

Art. 59. Sustitución de títulos.

Art. 60. Representación mediante anotaciones en cuenta.

Art. 61. Modificación de las anotaciones en cuenta.

Art. 62. Intransmisibilidad de las acciones antes de la inscripción.

Art. 63. Restricciones a la libre transmisibilidad.

Art. 64. Supuestos especiales.

Art. 65. Transmisión de acciones con prestaciones accesorias.

Sección Tercera. De la copropiedad y los derechos reales sobre las acciones

Art. 66. Copropiedad de acciones.

Art. 67. Usufructo de acciones.

Art. 68. Reglas de liquidación.

Art. 69. Usufructo de acciones no liberadas.

Art. 70. Usufructo y derecho de suscripción preferente.

Art. 71. Pago de compensaciones.

Art. 72. Prenda de acciones.

Art. 73. Embargo de acciones.

Sección Cuarta. De los negocios sobre las propias acciones

Art. 74. Adquisición originaria de acciones propias.

Art. 75. Adquisición derivativa de acciones propias.

Art. 76. Consecuencias de la infracción.

Art. 77. Supuestos de libre adquisición.

Art. 78. Obligación de enajenar.

Art. 79. Régimen de las acciones propias.

Art. 80. Aceptación en garantia de acciones propias.

Art. 81. Asistencia financiera para la adquisición de acciones propias.

Art. 82. Participaciones reciprocas.

Art. 83. Consecuencias de la infracción.

Art. 84. Reserva de participaciones reciprocas.

Art. 85. Exclusión del régimen de participaciones reciprocas.

Art. 86. Notificación.

Art. 87. Sociedad dominante.

Art. 88. Persona interpuesta.

Art. 89. Régimen sancionador.

Sección Quinta. De las acciones sin voto

Art. 90. Emisión.

Art. 91. Derechos preferentes.

Art. 92. Otros derechos.

Sección Sexta. De las acciones rescatables.

Artículo 92 bis. Emisión de acciones rescatables.

Artículo 92 ter. Amortización de acciones rescatables.

Capítulo V. De los órganos de la sociedad

Sección Primera. De la JUNTA General

Art. 93. Junta general.

Art. 94. Clases de juntas.

Art. 95. Junta ordinaria.

Art. 96. Junta extraordinaria.

Art. 97. Convocatoria de la junta.

Art. 98. Segunda convocatoria.

Art. 99. Junta universal.

Art. 100. Facultad y obligación de convocar.

Art. 101. Convocatoria judicial.

Art. 102. Constitución de la junta.

Art. 103. Constitución. Supuestos especiales.

Art. 104. Legitimación para asistir a la junta.

Art. 105. Limitaciones de los derechos de asistencia y voto.

Art. 106. Representación.

Art. 107. Solicitud pública de