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Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda. - Boletín Oficial del Estado de 28-02-2024

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 29/02/2024

Órgano emisor: MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACION DIGITAL Y DE LA FUNCION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 52

F. Publicación: 28/02/2024


Artículo 1. Organización general del departamento. Artículo 2. Secretaría de Estado de Hacienda. Artículo 3. Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Artículo 4. Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial. Artículo 5. Dirección General de Tributos. Artículo 6. Dirección General del Catastro. Artículo 7. Tribunal Económico-Administrativo Central. Artículo 8. Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. Artículo 9. Dirección General de Presupuestos. Artículo 10. Dirección General de Costes de Personal. Artículo 11. Intervención General de la Administración del Estado. Artículo 12. Subsecretaría de Hacienda. Artículo 13. Secretaría General Técnica. Artículo 14. Dirección General del Patrimonio del Estado. Artículo 15. Inspección General. Artículo 16. Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación. Artículo 17. Administración territorial de Economía y Hacienda. Artículo 18. Delegaciones de Economía y Hacienda. Artículo 19. Persona titular de la Delegación de Economía y Hacienda. Artículo 20. Desconcentración de funciones. Artículo 21. Funciones de las Delegaciones de Economía y Hacienda. Artículo 22. La Secretaría General de Fondos Europeos. Artículo 23. Dirección General de Fondos Europeos. Artículo 24. Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Supresión de órganos. D.A. 2ª. No incremento del gasto público. D.A. 3ª. Suplencia de los titulares de los órganos directivos. D.A. 4ª. Delegación de competencias. D.A. 5ª. Representantes de la Administración General del Estado en las Comisiones Mixtas de Asuntos Económicos y Fiscales previstas en los Estatutos de Autonomía. D.A. 6ª. Junta de Contratación Centralizada y composición del Pleno. D.A. 7ª. Desconcentración de competencias de la Junta de Contratación Centralizada. D.A. 8ª. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda Entidad Pública Empresarial, Medio Propio. D.A. 9ª. Presidencia de las secciones del Comité de Cooperación en materia de contratación pública. D.A. 10ª. Gestión compartida de servicios comunes en el Comisionado para el Mercado de Tabacos. D.A. 11ª. Extinción del Fondo de compensación de los Consorcios de Zona Franca, FCPJ. D.A. 12ª. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Distribución de competencias. D.T. 2ª. Órganos colegiados de contratación. D.T. 3ª. Cambios en el directorio común de unidades administrativas (DIR3). D.T. 4ª. Prestación de servicios y procedimientos informáticos para la gestión del sistema de clases pasivas por la Oficina de Informática Presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado. D.T. 5ª. Intervención delegada en materia de clases pasivas. D.T. 6ª. Prestación de servicios en el ámbito de la administración de las Clases Pasivas del Estado por las Delegaciones de Economía y Hacienda. D.T. 7ª. Régimen transitorio de la contratación en materia de servicios de telecomunicaciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda. D.F. 2ª. Modificación del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por Real Decreto 899/2007, de 6 de julio. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades. D.F. 5ª. Facultades de desarrollo y ejecución. D.F. 6ª. Modificación y supresión de divisiones de nivel inferior al de subdirección general. D.F. 7ª. Modificaciones presupuestarias. D.F. 8ª. Entrada en vigor.