REAL DECRETO 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los margenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribucion y dispensacion de medicamentos de uso humano. - Boletín Oficial del Estado de 30-05-2008
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023
F. entrada en vigor: 31/05/2008
Órgano emisor: MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 131
F. Publicación: 30/05/2008
Preambulo
Artículo 1. Márgenes correspondientes a la distribución de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
Artículo 2. Márgenes y deducciones correspondientes a la dispensación al público de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
Artículo 3. Actualización anual de los márgenes.
Artículo 4. Descuentos de oficinas de farmacia en medicamentos publicitarios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 70 de la Ley 29/2006, de 26 de julio.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Distribución y dispensación de existencias con precio antiguo.
D.T. 2ª. Distribución y dispensación con precios calculados con los márgenes establecidos en este real decreto.
D.T. 3ª. Precios de facturación al Sistema Nacional de Salud.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 1348/2003, de 31 de octubre, por el que se adapta la clasificación anatómica de medicamentos al sistema de clasificación ATC.
D.F. 3ª. Facultad de desarrollo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.