Resolución de 15 de julio de 2013, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se amplía el plazo para la presentación del modelo 052 de declaración-autoliquidación del impuesto sobre depósitos en entidades de crédito del Principado de Asturias, correspondiente al ejercicio 2013. [Cód. 2013-13727] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 18-07-2013
- Ámbito: Asturias
- Estado: VIGENTE
- Órgano Emisor: Consejeria De Hacienda Y Sector Publico
- Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 166
- Fecha de Publicación: 18/07/2013
- PDF de la disposición
El artículo 41 de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013, crea el impuesto sobre depósitos en entidades de crédito como tributo propio del Principado de Asturias, que grava el mantenimiento de fondos de terceros, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, por parte de las entidades de crédito que operan en el territorio del Principado de Asturias y cuya gestión, recaudación e inspección corresponden al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
El citado precepto establece en el número ocho que los sujetos pasivos del impuesto deberán determinar e ingresar la deuda tributaria mediante el sistema de declaración-autoliquidación en el mes de julio de cada ejercicio mediante modelo aprobado a tal efecto por resolución del titular de la Consejería competente en materia de hacienda.
Admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 41 y disposición final séptima, en lo relativo a la entrada en vigor del citado artículo 41, de la citada Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, el Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 9 de julio 2013, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 13 de julio de 2013, ha acordado levantar la suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 4 de marzo de 2013.
Así pues y a la vista de la fecha en la que se ha levantado la suspensión de la Ley, con el fin de no perjudicar a los sujetos pasivos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en este ejercicio, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de sus declaraciones-autoliquidaciones.
Visto que concurren los requisitos señalados en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en uso de la habilitación conferida y al amparo de lo dispuesto en el artículo 38, letra i) de la Ley de Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, se dicta la siguiente
Resolución