Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se adoptan medidas respecto al horario laboral del 9 de junio de 2024, con motivo de las elecciones al Parlamento Europeo. - Diario Oficial de Extremadura de 08-05-2024
Índice
Texto
Ambito: Extremadura
Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 09/05/2024
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 88
F. Publicación: 08/05/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
Primero. Permisos retribuidos para los trabajadores que participen como electores (artículo 13.1 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril).
Segundo. Permisos retribuidos para los trabajadores que ejerciten el derecho al voto por correo (artículo 13.2 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril).
Tercero. Permisos retribuidos para trabajadores con jornada reducida.
Cuarto. Competencia para la distribución de los permisos.
Quinto. Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que ostenten la Presidencia o las Vocalías de Mesas Electorales, así como para quienes sean Interventores o Apoderados (artículo 13.3 y 4 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril).
Sexto. Naturaleza jurídica.
Séptimo. Disposiciones mínimas.