Legislación
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Resolución de 29 diciembre de 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se regula la organización y funcionamiento del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. [Cód. 2015-18494] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 05-01-2016

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Julio de 2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 3

F. Publicación: 05/01/2016


Preambulo
I. DISPOSICIONES GENERALES
Primero. Gestión del Registro Segundo. Fines Tercero. Objeto y ámbito de aplicación Cuarto. Contenido Quinto. Secciones y subsecciones Sexto. Código de identificación
II. REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
Séptimo. Programas informáticos para la generación de los certificados de eficiencia energética. Octavo. Solicitud de inscripción, renovación y modificación de datos del Registro correspondiente a la sección de certificados de eficiencia energética de los edificios Noveno. Tramitación administrativa de la inscripción, modificación y renovación de datos del Registro correspondiente a la sección de certificados de eficiencia energética de los edificios Décimo.-Baja de las inscripciones realizadas en el Registro correspondiente a la sección de certificados de eficiencia energética de los edificios
III. REGISTRO DE TÉCNICOS Y EMPRESAS COMPETENTES PARA REALIZAR CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
Undécimo. Solicitud de inscripción, modificación y renovación de datos del Registro correspondiente a la sección de técnicos y empresas competentes para realizar certificados de eficiencia energética en los edificios Duodécimo. Tramitación administrativa de la inscripción, modificación y renovación de datos del Registro correspondiente a la sección de técnicos y empresas competentes para realizar certificados de eficiencia energética en los edificios Décimotercero. Baja de las inscripciones realizadas en el Registro correspondiente a la sección de técnicos y empresas competentes para realizar certificados de eficiencia energética en los edificios. Décimocuarto. Tasas
IV. PUBLICIDAD DEL REGISTRO Y RÉGIMEN SANCIONADOR
Décimoquinto. Acceso a los datos del registro y normas de confidencialidad Décimosexto. Servicios electrónicos de consulta de los datos del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión Décimoséptimo. Régimen sancionador Décimoctavo. Transitoriedad Décimonoveno. Derogación Vigésimo. Desarrollo y ejecución Vigésimo primero. Efectos