TÍTULO IV. De las pensiones públicas 4 2023 PGE
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| Téngase en cuenta que, en tanto se apruebe una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado, el contenido de presente título y disposiciones adicionales concordantes, así como sus disposiciones de desarrollo, mantendrán su vigencia, con efectos desde el día 1 de enero de 2026, con las modificaciones y excepciones previstas en los arts. 1, 2 y 3 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero. |
Modificaciones
- Modificación realizada (Título IV (se deja sin efecto la referencia al año 2026 que establecía para este título el RD-ley 16/2025)) por Resolución de 27 de enero de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
(BOE de 28-01-2026) en vigor desde 28-01-2026 - Modificación realizada (Título IV (vigencia)) por Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
(BOE de 24-12-2025) en vigor desde 25-12-2025 - Modificación realizada (Título IV (se deroga lo indicado sobre su vigencia en RD-ley 9/2024)) por Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
(BOE de 23-01-2025) en vigor desde 23-01-2025 - Modificación realizada (Título IV (vigencia)) por Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
(BOE de 24-12-2024) en vigor desde 25-12-2024 - Modificación realizada (Título IV) por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
(BOE de 28-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Artículo modificado (Título IV (vigencia)) por Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.
en vigor desde
