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Undécima �nico se aprueban las bases generales aplicables al concurso general para la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario de carrera en la modalidad abierto y permanente

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Undécima. Desistimiento.

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1. De acuerdo con el artículo 73 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, el personal participante en una convocatoria de concurso quedará vinculado por su solicitud de participación durante el año natural en el que se ha realizado, salvo que se desista dentro del plazo habilitado para ello, quedando sin efecto con la publicación de la resolución de adjudicación de puestos de trabajo de la última oferta de puestos de necesaria cobertura del concurso en ese año natural o, en su caso, con la adjudicación de un puesto.

2. Solo cabrá desistir de la totalidad de la solicitud de participación en el concurso, en el caso de la oferta inicial de puestos de necesaria cobertura, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de finalización de presentación de solicitudes previsto en el apartado 1 de la base décima en el caso de la oferta inicial de puestos de necesaria cobertura, y para las demás ofertas de puestos de necesaria cobertura, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su publicación. Asimismo, se podrá desistir de la solicitud en el caso contemplado en el apartado séptimo de la base décima.

3. No se podrá renunciar, en ningún caso, a un desistimiento ya efectuado.

4. El escrito de desistimiento deberá presentarse en el Registro Electrónico Único a través de la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, cumplimentando el Anexo II de las presentes bases generales.