Aclaración de la AEAT sobre pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades durante el ejercicio 2021
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Última revisión
02/03/2021

Aclaración de la AEAT sobre pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades durante el ejercicio 2021

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Materias: fiscal

Fecha: 02/03/2021

porcentaje dado
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En el apartado de preguntas frecuentes en la web de la Agencia Tributaria, respecto a las medidas tributarias por la COVID-19, la AEAT responde a la siguiente cuestión respecto a los pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades durante el ejercicio 2021:

"Si de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto-ley 15/2020 opté por efectuar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2020, por la modalidad del artículo 40.3 de la LIS ¿Dicha opción me vincula para efectuar los pagos fraccionados del ejercicio 2021 por esta modalidad?

El Real Decreto-ley 15/2020 permitió con carácter excepcional, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2020, que los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades pudieran ejercer la opción de realizar los pagos fraccionados sobre la parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 primeros meses mediante la presentación, en el plazo ampliado a que se refiere el artículo único del Real Decreto-ley 15/2020 (hasta el 20 de mayo de 2020), del primer pago fraccionado en caso de que su volumen de operaciones no fuera superior a 600.000 euros en el año 2019 o bien mediante la presentación del segundo pago fraccionado en caso de que su volumen de operaciones fuera superior a 600.000 euros en el año 2019 pero su importe neto de la cifra de negocios no hubiera superado la cantidad de 6.000.000 de euros durante los 12 meses anteriores.  

 El contribuyente que ejercitó la opción con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior quedó vinculado a esta modalidad de pago fraccionado respecto de los pagos correspondientes al mismo periodo impositivo y sólo para dicho periodo.

Por lo tanto, y de acuerdo con lo anterior para los periodos impositivos iniciados a partir de 2021 los contribuyentes que hubieran optado el año pasado por dicha modalidad del art. 40.3 LIS necesitaran la presentación en el mes de febrero de 2021 del modelo censal 036 si pretenden seguir con la opción del apartado 3 del artículo 40 del LIS".

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