Aportaciones del Estado p...a gratuita

Última revisión
06/03/2020

Aportaciones del Estado para 2020 destinadas a indemnizar las actuaciones de asistencia jurídica gratuita

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Materias: civil

Fecha: 06/03/2020

abogado y balanza justicia

La Ley 1/1996, de 10 de enero, configura la prestación de la asistencia jurídica gratuita, consistente en la asistencia letrada, defensa y representación gratuita, como un servicio público organizado por el Consejo General de la Abogacía Española y por el Consejo General de Procuradores de España y sus respectivos Colegios, garantizando, en todo caso, su prestación continuada y atendiendo a criterios de funcionalidad y de eficiencia en la aplicación de los fondos públicos puestos a su disposición.

Por otro lado, los Colegios de Abogados vienen obligados a implantar servicios de asesoramiento a los peticionarios de asistencia jurídica gratuita, con la finalidad de orientar y encauzar sus pretensiones. Dicho asesoramiento tendrá, en todo caso, carácter gratuito para los solicitantes. Y, por último, los Colegios de Abogados están, asimismo, obligados a proporcionar a los solicitantes de asistencia jurídica gratuita la información necesaria, en relación con el cumplimiento de los requisitos para su concesión, así como ayuda en la redacción de las solicitudes correspondientes.

Al igual que ocurre con la asistencia jurídica gratuita, la asistencia a las víctimas de delitos viene a paliar el tradicional abandono que las víctimas habían sufrido. 

En este contexto, el Real Decreto 400/2020, de 25 de febrero, regula la concesión directa de las aportaciones del Estado destinadas a indemnizar, en el ejercicio presupuestario de 2020, tanto a los abogados y procuradores de los tribunales por las actuaciones profesionales realizadas, al amparo de la Ley de asistencia jurídica gratuita, siempre que tengan por destinatarios a quienes sean beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita, el coste que genere a los Consejos Generales y Colegios profesionales de Abogados y Procuradores de los Tribunales el funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita, de las unidades encargadas del asesoramiento y la orientación previos al proceso a los ciudadanos y de la calificación provisional de las pretensiones solicitadas.

Asimismo, también se regula la concesión directa de las aportaciones del Estado, destinadas a indemnizar a los psicólogos en la prestación de atención psicológica a las víctimas de todo tipo de delitos en el ejercicio presupuestario 2020.

 

  • Real Decreto 400/2020, de 25 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los Procuradores de España, en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita, y al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2020.
Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.