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Última revisión
07/02/2025

Aprobado el anteproyecto de ley para rebajar la jornada a 37,5 horas

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Materias: laboral

Fecha: 07/02/2025

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que reducirá la jornada ordinaria máxima de trabajo a 37,5 horas semanales.

Aprobado el anteproyecto de ley para rebajar la jornada a 37,5 horas


Tras un largo periodo de negociación, el pasado 20 de diciembre de 2024 el Gobierno y los sindicatos firmaron un acuerdo para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Siguiendo este acuerdo, el Consejo de Ministros del pasado 4 de febrero de 2025 ha aprobado el ANTEPROYECTO DE LEY para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión. 

A TENER EN CUENTA. El siguiente paso del proceso legislativo implica que el anteproyecto será remitido al Consejo de Estado y al Consejo Económico y Social (CES) para su evaluación. Se espera que, a finales de febrero, el anteproyecto sea revisado nuevamente por el Consejo de Ministros para su transformación en proyecto de ley y su posterior envío al Congreso, donde se presentarán enmiendas antes de su aprobación definitiva. La nueva norma no entrará en vigor hasta la publicación del texto definitivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Por lo adelantado hasta el momento, de ser aprobado, las principales novedades del Anteproyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo serán:

- Reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales y plazo de adaptación. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo pasará de 40 horas semanales a 37,5 horas de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Dado que la duración de la jornada es la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo será necesaria la adaptación de los distintos convenios para conocer la aplicación práctica en cada actividad.

Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán un plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptar sus regulaciones y asegurar el cumplimiento de la nueva norma.

Esta modificación supondrá que los contratos a tiempo parcial con una jornada igual o superior a 37,5 horas semanales de promedio se convertirá en contratos de trabajo a tiempo completo a partir de la aplicación de la nueva jornada legal. En el caso de las contrataciones a tiempo parcial inferiores a las 37,5 horas semanales, así como los trabajadores con jornada reducida, tendremos que esperar para conocer como les afectará la futura norma. 

- Registro horario digital y nuevo régimen sancionador para quienes lo incumplan. El anteproyecto incluye un registro horario más estricto y su incumplimiento en los supuestos de ausencia de registro o falseamiento de los datos registrados se sancionará con las siguientes multas:

    • En su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros.
    • En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros.
    • En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

La norma fijará las condiciones para eliminar el registro horario en papel y adoptar un sistema digital de registro de horario que sea accesible tanto para empleados como para la Inspección de Trabajo y sindicatos.

- Nuevo derecho a la desconexión digital. Todas las modificaciones previstas supondrán la nueva regulación del derecho a la desconexión digital de las personas trabajadoras.

Fuente: La Moncloa. Consejo de Ministros. 04/02/2025

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