Aprobado el documento acreditativo de la representación en la presentación de la solicitud de rectificación de autoliquidación.
El BOE del 7 de enero publica la Resolución de 21 de diciembre de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación por vía telemática de las solicitudes de rectificación de autoliquidación y se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación para su presentación por vía telemática en nombre de terceros.
- Materias: Fiscal
- Fecha: 07/01/2019

Siendo aplicable a partir del día siguiente al de su publicación, el BOE del 7 de enero publica la Resolución de 21 de diciembre de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación por vía telemática de las solicitudes de rectificación de autoliquidación y se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación para su presentación por vía telemática en nombre de terceros.
Esta resolución tiene por objeto regular los supuestos y condiciones en que podrá extenderse la colaboración social en la aplicación de los tributos regulada en los artículos 79 a 81 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, a la presentación telemática de solicitudes de rectificación de autoliquidación regulada por Resolución del Director General de 11 de diciembre de 2001.
Asimismo, se aprueba el documento normalizado válido para acreditar la representación en la presentación de la solicitud de rectificación de autoliquidación y de la documentación que, en su caso, lo acompañe.
→ Consulte el formulario: Modelo oficial de representación para la presentación por vía telemática de solicitudes de rectificación de autoliquidación
Podrán presentar las solicitudes de rectificación a las que se refiere el apartado anterior, en representación de terceros, las personas o entidades que suscriban el correspondiente acuerdo de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los términos establecidos en el artículo 79 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
La persona o entidad autorizada para presentar solicitudes de rectificación de autoliquidaciones y su documentación aneja, si la hubiere, en representación de terceras personas, deberá disponer de un certificado de usuario admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, emitido por un prestador de servicios de certificación incluido en el registro de prestadores de servicios electrónicos de confianza del Ministerio de Economía y Empresa, y que haya sido validado en la plataforma @firma, así como cumplir con lo dispuesto en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo.
Real Decreto 1065/2007 de 27 de Jul (Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas de los procedimientos de aplicación de los tributos) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 213 Fecha de Publicación: 05/09/2007 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2008 Órgano Emisor: Ministerio De Economia Y Hacienda
- Anexo al Reglamento al General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007
- D.F. UNICA. Habilitación normativa.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 4ª. Declaración de las actividades económicas desarrolladas de acuerdo con la codificación prevista en la CNAE-2009.
- D.T. 3ª. Obligaciones de información de carácter general.
Orden HAC/1398/2003 de 27 de May (supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 132 Fecha de Publicación: 03/06/2003 Fecha de entrada en vigor: 04/06/2003 Órgano Emisor: Ministerio De Hacienda
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Sentencia Administrativo Nº 871/2004, TSJ Asturias, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 430/1999, 21-07-2004
Orden: Administrativo Fecha: 21/07/2004 Tribunal: Tsj Asturias Ponente: Robledo Peña, Antonio Num. Sentencia: 871/2004 Num. Recurso: 430/1999
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Sentencia Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 411/2011, 09-10-2014
Orden: Administrativo Fecha: 09/10/2014 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Navarro Sanchis, Francisco Jose Num. Recurso: 411/2011
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Sentencia Administrativo Nº 194/2016, AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 7, Rec 267/2015, 09-05-2016
Orden: Administrativo Fecha: 09/05/2016 Tribunal: Audiencia Nacional Ponente: Fernández Dozagarat, Begoña Num. Sentencia: 194/2016 Num. Recurso: 267/2015
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Sentencia Administrativo Nº 740/2016, TSJ Murcia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 64/2015, 29-09-2016
Orden: Administrativo Fecha: 29/09/2016 Tribunal: Tsj Murcia Ponente: Alonso Díaz-marta, Leonor Num. Sentencia: 740/2016 Num. Recurso: 64/2015
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Sentencia Administrativo Nº 739/2016, TSJ Murcia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 63/2015, 29-09-2016
Orden: Administrativo Fecha: 29/09/2016 Tribunal: Tsj Murcia Ponente: Alonso Díaz-marta, Leonor Num. Sentencia: 739/2016 Num. Recurso: 63/2015
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Fecha última revisión: 07/01/2019
Otorgamiento de la representaciónD./Dña. [NOMBRE] N.I.F [NIF], con domicilio fiscal en (municipio) [DOMICILIO_FISCAL] (vía pública) [CALLE] nº [NUMERO]D./Dña. [cónyuge (1)] [NOMBRE] N.I.F. [NIF], con domicilio fiscal en (municipio) [DOMICILIO_...
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