Modificados los modelos que han de acompañar a la solicitud del FOGASA en caso de procedimiento concursal
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Última revisión
27/09/2022

Modificados los modelos que han de acompañar a la solicitud del FOGASA en caso de procedimiento concursal

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral, mercantil, administrativo

Fecha: 27/09/2022

certificado
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Se adaptan, con efectos de 27 de septiembre de 2022, los modelos de certificados concursales a las modificaciones operadas con la reforma de la Ley Concursal y para incluir en la cobertura del FOGASA a los empleados de hogar.

Certificado concursal individual

El reconocimiento del derecho a la prestación por parte del FOGASA exigirá que los créditos de los trabajadores aparezcan incluidos en la lista de acreedores o, en su caso, reconocidos como deudas de la masa por el órgano del concurso competente para ello en cuantía igual o superior a la que se solicita del Fondo [arts. 33.3 del ET y 25 b).4 y c) del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo].

En el anterior contexto se publico la Resolución de 11 de diciembre de 2018, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial (y su posterior corrección de errores), por la que se aprobaba el modelo de certificación de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que ha de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tras las modificaciones normativas realizadas por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, y la inclusión de las personas trabajadoras al servicio de hogar en la cobertura del FOGASA (Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre), se procede a modificar y adaptar el anexo de la Resolución de 11 de diciembre de 2018.

Modelo de certificación de inclusión de créditos laborales individuales en el concurso de acreedores

Certificados concursales colectivos
 
Del mismo modo, tras la reforma de la Ley Concursal, se procede modificar y adaptar los anexos de la Resolución de 13 de octubre de 2020, por la que se aprueban los modelos de certificación colectiva de créditos laborales, incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que han de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Real Decreto Legislativo 2/2015, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (modificada en su momento por la Resolución de 7 de diciembre de 2020).
 
 

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