Última revisión
La baja laboral por regla dolorosa se regulará en la nueva ley de aborto
El Consejo de Ministros del pasado 17 de mayo de 2022 da luz verde al
1. Baja por menstruación dolorosa
Por lo adelantado, la baja por menstruación dolorosa seguirá los siguientes extremos que, como novedad, se apartan de los actuales parámetros de la
- Se tratará de una incapacidad temporal asumida por la Seguridad Social desde el primer día.
- Previo informe médico
- No supondrá ningún coste para la empresa.
- No exigirá periodo de cotización previo.
- A pesar de hablarse inicialmente de un de tres días, en el anteproyecto no se establece un número de días concreto, será los días (o unas horas de la jornada) que cada mujer, conforme a su cuadro médico, necesite.
2. Baja por maternidad desde la semana 39 de embarazo
A pesar de que la propuesta inicial planteada por el Ministerio de Igualdad había sido implantar esta posibilidad desde la semana 36 de gestación, la nueva ley del aborto incorporará al ordenamiento jurídico españolun permiso a partir de la semana 39 de embarazo. Como novedad encontramos:
- Podrá solicitarse a partir de la semana 39 de gestación.
- El permiso será remunerado al 100% desde el primer día.
- Es independiente a la baja por maternidad de 16 semanas.
3. Baja para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo
El
¿Cuánto entrarán en vigor las modificaciones introducidas por la nueva ley del aborto?
El proyecto tiene que pasar por el Congreso y, previsiblemente, se presentarán enmiendas. A pesar del trámite de urgencia, las modificaciones no serán aplicables hasta 2023.