Las clases de la autoescu...tas de IVA

Última revisión
15/03/2019

Las clases de la autoescuela no se encuentran exentas de IVA

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Materias: fiscal

Fecha: 15/03/2019

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En la sentencia de 14 de marzo de 2019, dada a conocer a través de un comunicado de prensa del TJUE (C-449/17), se falla que la enseñanza de la conducción de automóvil para las categorías B y C1 no es una enseñanza escolar o universitaria exenta de IVA.

Según el TJUE, el concepto de «enseñanza escolar o universitaria», en el sentido de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción, remite, en general, a un sistema integrado de transmisión de conocimientos y competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materia, así como a la profundización y al desarrollo de esos conocimientos y de esas competencias por los alumnos y los estudiantes a medida de su progresión y de su especialización en el seno de los distintos grados constitutivos de ese sistema.

Para este tribunal, ese concepto de enseñanza no cubre las clases impartidas por una autoescuela para conseguir los permisos de conducir B y C1.

Afirma que, es cierto que esa enseñanza tiene por objeto varios conocimientos tanto teóricos como prácticos, pero no deja de ser una enseñanza especializada que no equivale, por sí sola, a la transmisión de conocimientos y de competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materias, así como a su profundización y su desarrollo, que resulta característica de la enseñanza escolar o universitaria.

Por ello, el TJUE declara:

"El concepto de «enseñanza escolar o universitaria», en el sentido del artículo 132, apartado 1, letras i) y j), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que no comprende la enseñanza de la conducción impartida por una autoescuela como la del litigio principal, dirigida a la obtención de los permisos de conducción para vehículos de las categorías B y C1, a los que se refiere el artículo 4, apartado 4, de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción".

Esta sentencia trae causa de una autoescuela alemana que impugnaba ante los tribunales de su país la negativa de las autoridades tributarias, a eximir del pago del IVA a los cursos de conducción para la consecución de los permisos de las categorías B y C1. Para la autoescuela la enseñanza que imparte, no era "puramente recreativa", y solicitaba que fuera incluida dentro del concepto de enseñanza escolar o universitaria, para así poder aplicar la exención en el impuesto.

Por ello, el Tribunal Supremo de Alemania preguntaba al TJUE si, las clases de conducción, podrían encajar dentro del concepto de enseñanza escolar o universitaria.

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