Última revisión
21/11/2024
Criterio del INSS sobre declaración responsable en las solicitudes de IMV

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha emitido un nuevo criterio de gestión que aclara la necesidad de presentar una declaración responsable en las solicitudes de Ingreso Mínimo Vital (IMV) con unidades de convivencia que se registraron antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 2/2024. Esta decisión tiene como objetivo simplificar el proceso y evitar la duplicación de trámites innecesarios para los solicitantes que cumplen con los requisitos establecidos anteriormente.
El reciente Real Decreto-Ley 2/2024, promulgado el 21 de mayo, ha introducido modificaciones relevantes en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que establece el IMV. Desde su entrada en vigor, ahora se requiere que las solicitudes sean firmadas únicamente por la persona solicitante, incluyendo una declaración responsable que evidencie el consentimiento de todos los integrantes mayores de edad de la unidad de convivencia. Esta modificación buscaba modernizar y simplificar el procedimiento de solicitud, haciéndolo más accesible para los ciudadanos.
Ante la incertidumbre generada por el nuevo reglamento, se planteó la duda sobre si las solicitudes previamente presentadas y que contaban con la firma de todos los miembros de la unidad de convivencia requerían algún tipo de subsanación.
La la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha confirmado que aquella documentación presentada antes de la modificación legislativa será considerada válida, siempre que presente todas las firmas de los miembros. Este argumento se fundamenta en que, al ya existir el consentimiento manifestado por las firmas, no es necesario realizar la inclusión de una declaración responsable adicional. De esta manera, se pretende agilizar el proceso y proporcionar una respuesta efectiva a aquellos que buscan acceder a este apoyo económico.
A través de esta interpretación, se concluye que las solicitudes de IMV que fueron presentadas sin las nuevas exigencias no deberán ser subsanadas, lo que representa un alivio para muchos ciudadanos en situaciones vulnerables. Como resultado, quienes hayan presentado sus peticiones con anterioridad a la entrada en vigor del RD-Ley 2/2024 y que cuenten con la firma de todos los miembros de su unidad de convivencia no necesitan preocuparse por la obtención de una declaración responsable redundante.
Este nuevo criterio, identificado como el Criterio de Gestión 19/2024, tiene implicaciones importantes para los beneficiarios del IMV, ya que no se añadirán obstáculos innecesarios a un proceso que ya puede ser complicado para muchas familias con recursos limitados.
