Última revisión
El Defensor del Pueblo reitera su recomendación acerca de la creación de exenciones en el Impuesto sobre la Plusvalía
Estas actuaciones se centran en modificar la fiscalidad de las operaciones de transmisión de inmuebles cuando se hubiesen realizado a pérdidas.
El Defensor del Pueblo, a la vista de las sentencias del TC, ha insistido en la reconsideración de las recomendaciones, que fueron rechazadas en su momento.
Y es que, ya en abril de 2015 presentó unas recomendaciones para acomodar la plusvalía municipal a la capacidad económica de los sujetos pasivos.
Estas recomendaciones se centraban en aprobar supuestos de no sujeción al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, para los casos en que no exista incremento en el valor del terreno, en aplicación del principio de capacidad contributiva y de la inexistencia del hecho imponible.
Las mismas fueron rechazadas.
Un año antes, en mayo de 2014, la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, solicitó que la reforma fiscal de aquel momento, eliminara la plusvalía en todos los casos de dación en pago.
A través su página web, el Defensor del Pueblo acaba por mencionar la obligación que tiene ahora el legislador de abordar una nueva regulación de la plusvalía municipal que se adapte a la Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017, en la línea con las recomendaciones del Defensor del Pueblo de modificar los artículos 104 a 110 inclusive del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para acomodar el impuesto a la existencia de una plusvalía verdadera, y respetar así el principio de capacidad económica.
Consultar:
? J-47705174
? J-47708052
? Recomendaciones Defensor Pueblo
FUENTE: Web oficial Defensor Pueblo