El periodos de cotización...aso de IPT

Última revisión
11/06/2024

El periodos de cotización asimilados por parto computan igual para trabajadoras a tiempo parcial en caso de IPT

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Materias: laboral

Fecha: 11/06/2024

El Tribunal Supremo aclara cómo se computan los periodos de cotización asimilados por parto para el periodo de carencia exigible en el acceso a la pensión de incapacidad permanente total (IPT) de una trabajadora a tiempo parcial.


El periodos de cotización asimilados por parto computan igual para trabajadoras a tiempo parcial en caso de IPT
El periodos de cotización asimilados por parto computan igual para trabajadoras a tiempo parcial en caso de IPT


La reciente STS, rec. 4369/2021, de 9 de mayo de 2024, ECLI:ES:TS:2024:2706, ha establecido que los períodos de cotización asimilados por parto deben ser contabilizados en su totalidad para el cálculo del período de carencia exigible para el acceso a prestaciones de incapacidad permanente total, sin aplicar ningún tipo de reducción o coeficiente de parcialidad.

Para el TS, no existe base legal para tratar de forma diferente o reducir el número de días cotizados asimilados por parto en el caso de trabajadoras a tiempo parcial (art. 247 de la LGSS, en su redacción previa al RD-Ley 2/2023, de 16 de marzo).

El tribunal ha subrayado que la legislación no prevé ninguna distinción en el tratamiento de los días cotizados asimilados por parto entre trabajadoras a tiempo completo y a tiempo parcial. Por tanto, cualquier intento de aplicar un coeficiente de parcialidad a estos días es contrario a la ley.

La sentencia enfatiza que los días cotizados por parto son considerados como cotizados a todos los efectos, sin que puedan ser objeto de una reducción en su número. Esta interpretación busca garantizar que la maternidad no resulte en una desventaja para las mujeres en el ámbito laboral y en su relación con el sistema de seguridad social. Además, el fallo reconoce la necesidad de proteger de manera específica a las madres trabajadoras, evitando cualquier forma de discriminación en el acceso a las prestaciones de seguridad social.

Este pronunciamiento supone la aplicación de un tratamiento igualitario en el cómputo de las cotizaciones por parto, la sentencia contribuye a una mayor equidad en el acceso a prestaciones de incapacidad permanente total, reforzando así la seguridad social como un sistema de protección inclusivo y justo para todos los trabajadores.

A TENER EN CUENTA. Esta decisión se basa en la interpretación del art. 247 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), tal como estaba redactado antes de la modificación introducida por el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo.

Análisis jurídico de las cotizaciones ficticias por parto y
el cálculo de la pensión para trabajadores a tiempo parcial.

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