Última revisión
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles subirá para 2020
El BOE del 28 de diciembre publica la Orden HAC/1257/2019, de 17 de diciembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020.
La presente Orden entra en vigor al día siguiente al de su publicación, surtiendo efectos a partir del 1 de enero de 2020.
El objeto de la misma es la aprobación de la relación de municipios que se establece en el anexo a la presente Orden, a los efectos de la aplicación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos para el año 2020, que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio, de conformidad con el artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, el artículo 30.1.d) del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros y el artículo 45.3.c) del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
En municipios como A Coruña, Denia, Badalona, Córdoba o Lugo, el recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) se verá incrementado a partir del año que viene, debido aprobación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de inmuebles urbanos para 2020 por la publicación del Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre.
Pueden consultar el listado completo de municipios afectados por esta actualización de valores en el Anexo de la Orden.