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Última revisión
18/06/2026

La Audiencia de Asturias condena a una abogada por estafa a un cliente simulando pagos al juzgado

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Materias: penal

Fecha: 18/06/2026

La Audiencia Provincial de Asturias condena a una abogada por estafar a un cliente y a su padre al simular pagos judiciales para evitar la prisión.

La Audiencia de Asturias condena a una abogada por estafa a un cliente simulando pagos al juzgado

 

La Audiencia Provincial de Oviedo ha dictado la sentencia n.º 106/2026, de 4 de marzo, ECLI:ES:APO:2026:746, en un procedimiento abreviado seguido por un delito de estafa. La resolución, declarada firme en el acto del juicio, condena a una abogada como autora de un delito de estafa con la atenuante de reparación. El caso resulta especialmente significativo porque la conducta sancionada se produjo en el marco de la relación profesional entre letrada y cliente.

Según los hechos probados, la condenada hizo creer al acusado en otro procedimiento penal y a su padre que debían realizar pagos periódicos en metálico para evitar el ingreso en prisión, asegurando falsamente que ese dinero se entregaría al juzgado como una supuesta multa. 

Hechos probados

La sentencia declara probado que la abogada asumió la defensa de una persona acusada en un proceso por delito contra la libertad sexual de menor de 16 años, quien acudía habitualmente al despacho acompañado de su padre. Durante la tramitación del asunto, les trasladó que la única manera de evitar la cárcel era abonar cantidades sucesivas que ella misma se encargaría de hacer llegar al juzgado. Bajo ese engaño, ambos entregaron distintas sumas en efectivo entre marzo de 2019 y septiembre de 2020.

El procedimiento penal en el que intervino la letrada terminó por sentencia de 22 de septiembre de 2020, con pena de seis meses de prisión, prohibiciones de comunicación y aproximación, y libertad vigilada durante tres años, acordándose además la suspensión de la ejecución de la pena de prisión condicionada a no delinquir y a realizar un programa de educación sexual. Sin embargo, el juzgado nunca había exigido el pago de multa alguna para evitar el ingreso en prisión.

Descubrimiento del engaño

La resolución explica que la abogada no les facilitó copia de la sentencia ni justificantes del supuesto pago al juzgado, lo que llevó al afectado y a su padre a acudir a otro profesional, siendo entonces conscientes de que nunca se había impuesto la supuesta multa. 

Condena, responsabilidad civil y suspensión de la pena

Tras la conformidad en el juicio oral, la Audiencia condenó a la acusada a seis meses de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además del pago de las costas, incluidas las de la acusación particular. También le impuso la obligación de indemnizar a los perjudicados en 28.350,50 euros, con aplicación del artículo 576 de la LEC.

La Audiencia acordó suspender durante dos años la ejecución de la pena privativa de libertad al concurrir los requisitos del artículo 80 del Código Penal: pena inferior a dos años, ausencia de antecedentes penales y abono de la responsabilidad civil. 

 

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