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29/12/2025

La DGT indica cómo tributa en el IRPF la participación en el programa «Amazon Vine»

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Materias: fiscal

Fecha: 29/12/2025

La DGT califica como ganancia patrimonial la recepción de productos en Amazon Vine, tributando en el IRPF como renta en especie a valor de mercado.

La DGT indica cómo tributa en el IRPF la participación en el programa «Amazon Vine»


La Dirección General de Tributos en su consulta vinculante (V1288-25), de 11 de julio de 2025,  resuelve una cuestión cada vez más frecuente entre los usuarios de plataformas digitales: cómo debe tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la recepción de productos gratuitos a cambio de reseñas, en particular en el marco del conocido programa «Amazon Vine». 

El pronunciamiento llega en respuesta a una consulta en la que se detalla el funcionamiento de dicho programa, una iniciativa por la cual Amazon entrega determinados productos sin coste alguno ciertos clientes a cambio de la publicación de una opinión sobre ellos, y en la que se hace especial hincapié en la ausencia de remuneración económica o relación laboral entre la plataforma y el participante.

En su descripción, la consultante explica que participa en el programa Amazon Vine, donde Amazon selecciona a ciertos usuarios para recibir gratuitamente productos a cambio de la publicación de una reseña sobre los mismos. Tal como expone, no existe remuneración económica, ni se impone la obligación de que las reseñas sean favorables. Además, no existe facturación de los productos, ni contraprestación alguna por parte del usuario receptor. En algunos casos, el valor de los productos aparece en documentos internos de Amazon, si bien el usuario no realiza ningún pago ni recibe compensación en dinero.

Dada esta situación, la cuestión planteada a la DGT es si la recepción de estos productos debe tributar en el IRPF y, en caso afirmativo, bajo qué concepto y con qué criterios.

La DGT recuerda, en primer lugar, el criterio consolidado acerca de la participación de particulares en encuestas, sondeos de opinión y actividades similares. Según su doctrina previa, recogida en consultas como V0962-13, de 25 de marzo de 2013, y V3667-15, de 24 de noviembre de 2015, el carácter esporádico y no profesional de estas colaboraciones, cuando se realizan simplemente por la condición de encuestado y fuera de cualquier marco laboral o profesional, determina que las compensaciones obtenidas —ya sean en metálico o en especie— deban considerarse como ganancias patrimoniales a efectos del IRPF.

En el caso concreto que nos ocupa, la DGT subraya la falta de relación laboral, mercantil o profesional entre Amazon y la consultante. Tal y como señala el organismo, la opinión o reseña publicada por el usuario sobre el producto suministrado no deriva de ninguna relación de trabajo ni responde al ejercicio profesional de una actividad, sino que se produce dentro de la relación propia del ámbito de consumo, en la que el usuario actúa como mero receptor de los productos y expresa su opinión como consumidor.

La DGT concluye, por tanto, que la recepción de los productos en el marco del programa Amazon Vine debe calificarse como una ganancia patrimonial. Así, en virtud del artículo 33.1 de la LIRPF : «Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos». Dicha calificación se justifica porque la entrega de los productos gratuitos supone un incremento en el patrimonio del receptor, quien, como contraprestación, publica una opinión en la página web de Amazon.

Además, al tratarse de bienes o productos recibidos y no de una cuantía en metálico, la ganancia patrimonial se considerará obtenida en especie, de acuerdo con el artículo 42.1 de la misma Ley. El valor de esta renta en especie, añade la DGT, debe determinarse conforme al valor de mercado de los productos recibidos, según los criterios de los artículos 43 y 34 de la LIRPF .

Respecto a cómo debe integrarse esta ganancia patrimonial en la declaración de la renta, la DGT recuerda que se integran en la base imponible general conforme al artículo 45 de la LIRPF

En la práctica, el usuario que participe en el programa Amazon Vine deberá consignar el valor de mercado de todos los productos recibidos a lo largo del ejercicio como ganancia patrimonial en su declaración anual de IRPF. 

En conclusión, la DGT considera que la participación en el programa Amazon Vine conlleva la obligación de tributar por las ganancias patrimoniales en especie derivadas de la recepción de productos gratuitos, que deben ser valoradas a precio de mercado e integradas en la base general del IRPF

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