Última revisión
09/12/2025
Modificados los modelos del IMIC para incluir su incorporación al Convenio Económico con Navarra

En el BOE del 09/12/2025 se publica la Orden HAC/1413/2025, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. Entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE y resultará de aplicación por primera vez a las declaraciones cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026, relativas al período impositivo 2025 y siguientes.
Tras la creación del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras por medio de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se aprobaron los modelos de autoliquidación y pago fraccionado de dicho impuesto por medio de la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo. Una orden que ya incluyó la concertación del impuesto con la Comunidad Autónoma del País Vasco realizada a través del nuevo artículo 20 ter de la Ley 3/2025, de 29 de abril, por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Sin embargo, recientemente, la Ley 4/2025, de 24 de julio, por la que se modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, ha incorporado también al Convenio con Navarra esta figura a través de su nuevo artículo 27 ter, que establece la normativa aplicable, la exacción y la inspección.
En consecuencia, y de conformidad con la normativa aprobada, la orden ahora publicada procede a modificar los modelos de autoliquidación y pago fraccionado para que incluyan su incorporación al citado convenio. Estos modelos sustituirán a los aprobados por la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, con efectos para las declaraciones cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026, relativas al período impositivo 2025 y siguientes.
