Novedades para autónomos desde el 1 de enero de 2018
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Novedades para autónomos ...ro de 2018

Última revisión
28/12/2017

Novedades para autónomos desde el 1 de enero de 2018

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: laboral, fiscal

Fecha: 28/12/2017

Novedades para autónomos 1 de enero de 2018
Novedades para autónomos 1 de enero de 2018

Como habíamos adelantado en la Comunidad Iberley («15 mejoras que notarán los autónomos tras las modificaciones realizadas por la Ley de reformas urgentes») la aplicación de determinadas medidas se ha retrasado hasta el 1 de enero de 2018

Tarifa plana 50 euros

Se amplía de forma genérica la tarifa plana de 50 euros a un año (hasta el 01/01/2018 su duración era de 6 meses).

T-2801

Recargo por impago de cuotas del RETA

La nueva regulación elimina la aplicación generalizado por demora en el pago de cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del un 20% para sustituirla por un pago progresivo en función del tiempo de retraso. A partir del 1 de enero de 2018, se devengarán los siguientes recargos por ingreso fuera de plazo: (NUEVA REDACCI?"N Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio).

T-51

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad (NUEVA REDACCI?"N regla 5.ª del apartado 2 del artículo 30 de la LIRPF).

T-18481

Inscripción, Altas y bajas en el RETA

Las bajas y altas en el RETA serán efectivas en el día realizado. Hasta el momento el autónomo pagaba la cuota por mes completo (NUEVA REDACCI?"N apdos. 2, 3 y 4, al art. 307, LGSS).

T-701

Cambio de base de cotización

Podrán cambiar cuatro veces al año la base por la que viniesen obligados a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, de acuerdo con los términos que reglamentariamente se establezcan. Hasta el momento el autónomo sólo podía cambiar de base de cotización dos veces al año (nuevos apdos. 2, 3 y 4, al art. 307, LGSS y nuevo artículo, 43 bis, Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre).

T-8791

Domiciliación obligatoria del pago de cuotas

El pago de las cuotas será obligatorio mediante el sistema de domiciliación en cuenta, abierta en una entidad financiera autorizada para actuar como oficina recaudadora de la Seguridad Social (esta obligación alcanzará a los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar incluidos en los Regímenes Especiales de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los Trabajadores del Mar, en el caso de trabajadores por cuenta propia, así como en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social) (NUEVA REDACCI?"N D.A.8ª, Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio).

T-731

Autónomos societarios

Se suprime la excepción recogida en el art. 312, LGSS, relativa a las bases mínimas de cotización de determinados trabajadores autónomos (en concreto, los conocidos comúnmente como "autónomos societarios") cuya actualización anual se vincula a la del grupo 1 del Régimen General de la Seguridad Social. A partir de la entrada en vigor de esta medida la cuota de los autónomos societarios se establecerá en los PGE 2017

IMPORTANTE: Todo evidencia que los autónomos societarios sufrirán un año más el mismo incremento en sus bases de cotización que el SMI 2018, ya que la prórroga para 2018 de los PGE 2017 impedirá la aplicación, en este caso, de la vinculación a los Presupuestos fijada para el nuevo ejercicio por la L-25448792, como una de sus principales novedades.

Discapacidad

Se establecen reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para trabajadores autónomos que adquieran de manera sobrevenida una situación de discapacidad reconocida, equiparando las reducciones y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos que adquieran de manera sobrevenida por causa de accidente o enfermedad una discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por ciento con respecto a las que poseen las personas con discapacidad del mismo grado que inician una nueva actividad por cuenta propia como trabajadores autónomos (NUEVA REDACCI?"N art. 32, LETA).

T-11231

  • Desde el 01/03/2018

Prestaciones maternidad y paternidad

Las prestaciones económicas por maternidad y por paternidad consistirán en un subsidio equivalente al 100 por ciento de una base reguladora cuya cuantía diaria será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre ciento ochenta.

T-7771

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