Nueva resolución de la Dirección General de la AEAT sobre solicitud de alta de t...res transfronterizos
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Última revisión
13/08/2019

Nueva resolución de la Dirección General de la AEAT sobre solicitud de alta de trabajadores transfronterizos

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: laboral, fiscal

Fecha: 13/08/2019

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La Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación telemática de la solicitud de alta de trabajadores fronterizos autorizados aprobada por la Resolución de 25 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, tiene por por objeto ampliar el marco de actuación de la colaboración social en la aplicación de los tributos, estableciendo los supuestos y condiciones en que las personas y entidades incluidas en el ámbito de la colaboración social podrán presentar por medios telemáticos y en representación de terceros, la solicitud de alta de trabajadores fronterizos autorizados.

Esta nueva resolución será de aplicación a partir del 14 de agosto de 2019.

Además, en esta resolución se aprueba el documento normalizado válido para acreditar la representación en la presentación de las solicitudes de alta de trabajadores fronterizos autorizados. (ver anexo)

Supuestos y condiciones en que puede extenderse la colaboración social a la presentación de solicitudes de alta de trabajadores fronterizos autorizados

La colaboración social en la aplicación de los tributos podrá extenderse a la presentación telemática de las solicitudes de alta de trabajadores fronterizos autorizados aprobada por la Resolución de 25 de julio de 2014 del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en las condiciones establecidas en esta resolución y de conformidad con lo dispuesto en la normativa que regula dichos procedimientos y en los artículos 79 a 81 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que regulan la colaboración social en la aplicación de los tributos.

Podrán presentar las solicitudes de alta de trabajadores fronterizos autorizados en representación de terceros, las personas o entidades que suscriban el correspondiente acuerdo de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los términos establecidos en el artículo 79 del citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se regulan los sujetos de la colaboración social en la aplicación de los tributos.

Para ello, estas personas deberán ostentar la correspondiente representación de las personas en cuyo nombre presenten la documentación, en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley General Tributaria

La persona o entidad autorizada para presentar estas solicitudes deberán disponer de un certificado de usuario admitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, emitido por un prestador de servicios de certificación incluido en el registro de prestadores de servicios electrónicos de confianza del Ministerio de Economía y Empresa, y que haya sido validado en la plataforma @firma, así como cumplir con lo dispuesto en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

 

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