Nuevo criterio INSS 4/202... y cuidado

Última revisión
23/02/2026

Nuevo criterio INSS 4/2026 sobre dos prestaciones por nacimiento y cuidado

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 23/02/2026

La Seguridad Social aclara que un nuevo hecho causante no extingue, en general, la prestación previa de nacimiento y cuidado de menor, salvo solapamiento.

Nuevo criterio INSS 4/2026 sobre dos prestaciones por nacimiento y cuidado

La Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica ha aprobado el Criterio de gestión 4/2026, de 9 de febrero, sobre el derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor (NYCM) cuando se produce un nuevo hecho causante sin haber agotado la anterior.

El criterio se dicta en un contexto marcado por la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor. Esta norma incrementa la duración del permiso y, especialmente, flexibiliza su disfrute, permitiendo que dos semanas —cuatro en caso de monoparentalidad— puedan disfrutarse hasta que el hijo, hija o menor cumpla los ocho años.

Esta ampliación eleva de forma notable la probabilidad de que se produzca un nuevo nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento cuando el progenitor todavía tiene pendiente de disfrutar parte del descanso y la prestación vinculada a un hecho causante anterior.

Doctrina anterior y necesidad de actualización

Hasta ahora, el criterio de gestión 63/2000 venía contemplando que el reconocimiento de una nueva prestación por NYCM, derivada de un hecho causante distinto, determinaba la extinción de la primera. La Subdirección considera que, tras la reforma operada por el RD-L 9/2025, mantener esa solución sería contrario al espíritu de la nueva regulación, que busca garantizar el derecho al cuidado y el mantenimiento de ingresos durante los periodos de permiso.

La exposición de motivos del RD-L 9/2025 subraya tres ejes: incremento de la duración del permiso, mantenimiento de los ingresos ordinarios durante las nuevas semanas y refuerzo de la protección en familias monoparentales. Sobre esta base, se reinterpreta el efecto que debe tener un nuevo hecho causante sobre una prestación de NYCM aún no agotada.

Criterio central: dos prestaciones posibles, pero sin solapamiento

El nuevo criterio establece que, con carácter general, un nuevo hecho causante NO extingue automáticamente la prestación anterior. Es decir, el beneficiario mantiene el derecho a disfrutar las semanas pendientes de la primera prestación, y además puede generar una segunda prestación independiente, siempre que:

  • No se disfruten simultáneamente dos periodos de descanso por NYCM. El beneficiario no puede percibir dos prestaciones por nacimiento y cuidado en el mismo periodo de tiempo.
  • Se respeten los plazos máximos de disfrute. El disfrute diferido de las semanas voluntarias de cada hecho causante debe situarse dentro de los doce meses desde el hecho causante o hasta que el menor cumpla ocho años, según corresponda a cada tramo de permiso.

Qué ocurre si el segundo hecho causante se produce durante las seis semanas obligatorias

La normativa mantiene la obligatoriedad de disfrutar seis semanas ininterrumpidas e inmediatamente posteriores al hecho causante. A partir de esta premisa, el criterio precisa el tratamiento de los solapamientos:

  • Si el segundo hecho causante se produce mientras el beneficiario está disfrutando las seis semanas obligatorias del primero, el tramo coincidente de la primera prestación se extingue y queda absorbido por las seis semanas obligatorias de la segunda. En ese periodo, solo se reconoce y percibe la prestación asociada al segundo hecho causante.
  • Tras las seis semanas obligatorias del segundo hecho causante, el beneficiario podrá: (i) disfrutar el resto del periodo voluntario de la segunda prestación, y (ii) reanudar y disfrutar el tiempo voluntario pendiente de la primera, siempre en periodos no superpuestos y dentro de los plazos legales.

Uno de los elementos clave del criterio es la posibilidad de encadenar o alternar las semanas voluntarias de ambos hechos causantes:

  • Cada prestación conserva su propia bolsa de semanas voluntarias, vinculada al correspondiente nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • El beneficiario puede organizar su descanso de forma que, una vez cumplidas las semanas obligatorias del segundo hecho causante, combine el disfrute del periodo voluntario de ambas prestaciones, siempre evitando el solapamiento temporal y respetando los límites de disfrute (doce meses o hasta los ocho años, según el tramo).

De esta forma, el criterio permite una protección acumulada por ambos hechos causantes, reforzando el derecho al cuidado efectivo de los menores afectados.

Exclusión del subsidio especial por parto o adopción múltiple

El documento aclara expresamente que no procede el abono del subsidio especial por parto o adopción múltiple en estos supuestos. La razón es que se trata de dos prestaciones individuales derivadas de hechos causantes independientes, y no de un parto o adopción múltiple a efectos de ese subsidio especial.

Prestación por nacimiento y cuidado de menor

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