Última revisión
18/12/2025
Nuevos criterios de la CNMV sobre MiCA, la normativa de fondos y capital riesgo, la actividad de «influencers» y los reembolsos de vehículos cerrados

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado nuevos criterios relacionados con la supervisión de entidades y la protección de los inversores, actualizando varios de sus documentos de preguntas y respuestas. En concreto, los siguientes:
- Los referidos a la normativa de instituciones de inversión colectiva (IIC) y entidades de capital riesgo (ECR).
- Los documentos de preguntas y respuestas sobre la aplicación de la Directiva MiFID II (Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014 , relativa a los mercados de instrumentos financieros).
- También ha incorporado un nuevo bloque de preguntas y respuestas sobre la aplicación del Reglamento MiCA (Reglamento UE 2023/1114, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos).
Principales novedades
Por lo que se refiere al documento relativo a la normativa de IIC, ECR y vehículos cerrados, cuya nueva versión puede consultarse aquí:
- Para las Instituciones de Inversión Colectiva de Inversión Libre (IICIL), se incorpora una nueva pregunta y respuesta, la 103 ter, con criterios para el establecimiento de límites a los reembolsos periódicos de vehículos que invierten en activos privados (denominados evergreen).
- Con la entrada en vigor del Reglamento MiCA, se ajusta el criterio ya publicado para permitir que ciertos inversores minoristas puedan invertir en Fondos de Inversión Libre con exposición a criptomonedas (pregunta 10 ter).
- En el caso de las entidades de capital-riesgo (ECR), se añaden pautas de transparencia:
- A inversores, sobre las operaciones de financiación y el apalancamiento que implican (pregunta 37 novies).
- Y sobre el cálculo de comisiones si se toma como referencia el patrimonio comprometido de la entidad (pregunta 37 decies).
En el documento referido a la aplicación de la Directiva MiFID II (al que puede accederse aquí), se incluyen dos nuevas preguntas:
- La pregunta 22.2, en la que se aclara cuándo las actividades publicitarias de los influencers u otros colaboradores constituyen captación de clientes, actividad reservada. Tal operativa se considera comercialización si reciben remuneración basada en el volumen o número de clientes captados o si interactúan con sus seguidores para establecer relaciones habituales de clientela, entre otros factores.
- La pregunta 2.8, en la que se especifican las características que deben cumplir los derivados OTC bilaterales para ser ofrecidos a clientes con fines de cobertura.
Por último, se publica un nuevo bloque de preguntas y respuestas sobre el Reglamento MiCA, cuyo documento actualizado puede consultarse aquí. Por medio de las nuevas preguntas y respuestas:
- Se difunden los criterios aplicables en los expedientes de autorización y notificaciones, así como pautas para la prestación de servicios sobre criptoactivos.
- Se abordan cuestiones relativas al período transitorio, que terminará el 1 de julio de 2026, destacando la necesidad de que las entidades soliciten autorización con suficiente antelación.
Fuente: Comisión Nacional del Mercado de Valores (nota de 15/12/2025).
