Última revisión
15/07/2025
Nuevos modelos 196, 170, 181 y 174, y cambios en el 171, para incorporar las últimas novedades del RGAT sobre obligaciones de información

La Orden HAC/747/2025, de 27 de junio, publicada en el BOE del 15/07/2025, por la que:
- Se aprueba el modelo 196, «Declaración informativa mensual de cuentas en toda clase de instituciones financieras y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras».
- Se aprueba el modelo 181, «Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles».
- Se aprueba el modelo 170, «Declaración informativa mensual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil».
- Se aprueba el modelo 174, «Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas, y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación».
- Se modifica la Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, por la que se aprueba el modelo 171, Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.
Por medio de esta orden se introducen los cambios necesarios en los modelos de declaración mencionados, a fin de incorporar las novedades introducidas en el RGAT por parte del Real Decreto 253/2025, de 1 de abril. En particular:
- Por una parte, la obligación contenida en el artículo 37 del RGAT, de informar acerca de cuentas en entidades financieras, se cumplimentaba a través del modelo 196 «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras» y del modelo 291 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes». Aprovechando la modificación de esta obligación, por medio de la orden se simplifica su cumplimiento a través de la presentación de un solo modelo y se integra la obligación de informar de cuentas de no residentes en el nuevo modelo 196, desapareciendo el modelo 291 para períodos de declaración posteriores a su entrada en vigor. Como consecuencia de ello y dadas las demás modificaciones introducidas en el artículo 37 del RGAT, se aprueba un nuevo modelo 196.
- La nueva redacción del artículo 38 del RGAT, que regula la obligación de informar acerca de préstamos y créditos, y de movimientos de efectivo, exige modificar la Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, por la que se aprueba el modelo 171, «Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento», así como aprobar un nuevo modelo 181, «Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles».
- Como consecuencia de las modificaciones incorporadas en el artículo 38 bis del RGAT , sobre la obligación de informar acerca de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil, se aprueba un nuevo modelo 170, «Declaración informativa mensual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil». Este nuevo modelo tiene en cuenta el nuevo diseño de los mensajes informáticos, su nuevo contenido, ámbito subjetivo y plazo de presentación, derogando la Orden EHA/97/2010, de 25 de enero, que lo regulaba hasta ahora.
- Se aprueba un nuevo modelo de declaración informativa para cumplir con la obligación de información prevista en el nuevo artículo 38 ter del RGAT (de informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas). Se trata del modelo 174, «Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas».
- Se recoge una disposición adicional relativa a la acreditación de la condición de contribuyente del IRNR, idéntica a la prevista en la normativa anterior del modelo 291.
- Se recoge una disposición derogatoria única para derogar cualquier orden que se oponga a la orden ahora publicada y, en especial, la Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, que regulaba el modelo 291; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se regulaba el modelo 196; la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se regulaba el modelo 181; y la Orden EHA/97/2010, de 25 de enero, por la que se regulaba el modelo 170. No obstante, estas órdenes seguirán siendo de aplicación para las presentaciones relativas a ejercicios anteriores a la entrada en vigor y aplicabilidad de la presente orden. Se derogan con efecto para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026 y siguientes.
La presentación de los modelos que aprueba esta orden se realizará mediante los mensajes informáticos especificados en los anexos. Por lo demás, conviene destacar que el plazo de presentación de los modelos 170 y 196 pasa a ser de carácter mensual y se realizará durante el mes natural siguiente al que se refiera la declaración, mientras que los modelos 174 y 181 conservan su carácter anual.
La Orden HAC/747/2025, de 27 de junio, entrará en vigor el 1 de enero de 2026, y será de aplicación por primera vez:
- Respecto de los modelos 170 y 196, para las declaraciones relativas al mes de enero de 2026, que se presentarán en el mes de febrero de 2026.
- En lo que concierne a los modelos 171, 181 y 174, para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026, a presentar en enero de 2027.
