Última revisión
El proyecto de Presupuestos 2021 contempla un pensión mínima de jubilación de 689 euros y una máxima de 2.707 euros
Como adelantamos en nuestra noticia del pasado 28/10/2020, el Consejo de Ministros del 27 de octubre aprueba para su remisión a las Cortes el Proyecto de PGE para el año 2021. En el ámbito social/laboral destacamos:
- Pensiones
El importe máximo a percibir en una pensión pública para el año 2021 no podrá superar la cuantía íntegra de 2.707,49 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder a su titular, cuya cuantía también estará afectada por el citado límite.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si el pensionista tuviera derecho a percibir menos o más de catorce pagas al año, incluidas las extraordinarias, dicho límite mensual deberá ser adecuado, a efectos de que se alcance o no supere la cuantía íntegra anual de 37.904,86 euros.
Cuando un mismo titular cause simultáneamente derecho a dos o más pensiones públicas, el importe conjunto a percibir como consecuencia del señalamiento inicial de todas ellas estará sujeto a los mismos límites que se establecen en el apartado anterior.
A tal efecto se determinará, en primer lugar, el importe íntegro de cada una de las pensiones públicas de que se trate y, si la suma de todas ellas excediera de 2.707,49 euros mensuales, se reducirán proporcionalmente hasta absorber dicho exceso.
En paralelo, para el año 2021, se establece un complemento para las pensiones no contributivas, fijado en 525,00 euros anuales, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada al pensionista cuyo propietario no tenga con él relación de parentesco hasta tercer grado, ni sea cónyuge o persona con la que constituya una unión estable y conviva con análoga relación de afectividad a la conyugal. En el caso de unidades familiares en las que convivan varios perceptores de pensiones no contributivas, sólo podrá percibir el complemento el titular del contrato de alquiler o, de ser varios, el primero de ellos.
- Cotizaciones Sociales
El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2021 contiene en el Título VIII, bajo la rúbrica “Cotizaciones Sociales”, la normativa relativa a las bases y tipos de cotización de los distintos regímenes de la Seguridad Social, procediendo a su actualización.
El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado, a partir del 1 de enero de 2021, en la cuantía de 4.070,10 euros mensuales o de 135,67 euros diarios.
Las bases de cotización en los Regímenes de la Seguridad Social y respecto de las contingencias tendrán como tope mínimo las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementadas en un sexto, salvo disposición expresa en contrario. Del mismo modo, las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán, desde el 1 de enero de 2021, y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2020, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional.
- Subsidios y ayudas por desempleo
Después de 10 años de congelación, el proyecto el PGE 2021 contempla un incremento del 5% en el IPREM, dado que la
ANTEPROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2021.