Última revisión
Publicada en el BOE la sentencia del Tribunal Constitucional por la que se anula parcialmente la plusvalía municipal en el territorio común.
Tras conocer el pasado 17 de mayo el fallo del TC por el que se acordaba por unanimidad la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, considerando que el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, ?sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo?, y se procedía a declarar la inconstitucionalidad únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor, el Boletín Oficial del Estado del 15 de junio publica la sentencia.
La Sentencia 59/2017, de 11 de mayo de 2017. Cuestión de inconstitucionalidad 4864-2016. Planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Jerez de la Frontera, en relación con diversos preceptos del texto refundido de la
Desde este mismo día, el tiempo comienza a correr para el legislador para que, como el propio Constitucional le recomendó, tendrá que especificar la forma de determinar la existencia o no de un incremento susceptible de ser sometido a tributación llevando a cabo las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto que permitan arbitrar el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
? Consulte N-28053
J-47714248