Última revisión
09/04/2026
Publicada la Ley 1/2026, de 8 de abril, de impulso integral de la economía social

Hoy, 9 de abril de 2026, se publica en el BOE la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social, una reforma amplia que actualiza el marco legal de cooperativas, empresas de inserción y entidades de la economía social, e introduce además cambios en contratación pública, ingreso mínimo vital, incentivos a la contratación y régimen fiscal de determinadas cooperativas.
Según su disposición final quinta, la ley entra en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 10 de abril de 2026. No obstante, la obligación de que las cooperativas de más de quinientas personas socias dispongan de página web corporativa entrará en vigor el 10 de abril de 2027.
Modificación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
La nueva norma modifica la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, con la finalidad de optimizar la eficacia del funcionamiento interno de las cooperativas en relación con las formas de participación y el ejercicio de derechos digitales. Asimismo, impulsa la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y trata de fomentar este tipo de sociedades.
Los aspectos más relevantes en este punto son los siguientes:
- Concepto y domicilio
Se introducen cambios en el concepto y denominación de las sociedades cooperativas, así como en lo relativo a su domicilio con referencia a su sede electrónica y web corporativa,
- Digitalización del funcionamiento interno
Se incorpora la página web corporativa, regula las comunicaciones electrónicas con las personas socias y permite la participación telemática en los órganos sociales cuando así lo prevean los estatutos.
- Derechos de las personas socias
Se refuerzan los derechos de información, participación y acceso a la documentación societaria, incluyendo previsiones específicas sobre medios tecnológicos y garantías para el ejercicio no presencial de estos derechos.
- Igualdad en el ámbito cooperativo
La ley introduce medidas de igualdad, prevé la Comisión de Igualdad en determinadas cooperativas y regula los planes de igualdad cooperativos para cooperativas de trabajo asociado, con contenido mínimo, diagnóstico de situación y obligación de inscripción en registro público.
- Órganos: Asamblea General y Consejo Rector
Se actualizan la convocatoria con nuevas modalidades, así como su constitución y desarrollo de la Asamblea General, incluido el voto por representante y la asistencia telemática.
En cuanto al Consejo Rector, se introducen cambios respecto de su elección, composición y funcionamiento.
Asimismo, se modifica lo relativo a la Intervención como órgano social que pasa a tener naturaleza voluntaria en las cooperativas sujetas al ámbito de la ley.
- Régimen económico
Se introducen nuevas previsiones para las aportaciones obligatorias y se flexibiliza, en casos de objetiva excepcionalidad, la utilización finalista del fondo de educación y promoción.
- Descalificación de falsas cooperativas
Se amplían las causas de descalificación para incluir supuestos en los que, bajo apariencia cooperativa, se encubran finalidades ajenas a los principios y valores de estas entidades, con especial detalle para cooperativas de trabajo asociado, de transporte y de viviendas.
Fiscalidad de las cooperativas
Se modifica la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas, con la finalidad de incluir entre las cooperativas especialmente protegidas a determinadas cooperativas de viviendas que cumplan los requisitos fijados en la nueva regulación.
Cambios en empresas de inserción
Otra norma afectada es la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, con un nuevo enfoque sobre vulnerabilidad y exclusión social que amplía y redefine los colectivos que pueden ser contratados por empresas de inserción, desvinculando estos conceptos de una visión estigmatizadora y ligándolos a factores económicos, sociales, relacionales, ambientales o personales.
Se revisan los requisitos de las empresas de inserción, el papel de las entidades promotoras y el sistema de calificación provisional y definitiva. La norma también prevé causas de descalificación y establece que estas empresas se declaran entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General.
Asimismo, se regula de forma específica el contrato para la transición al empleo ordinario, con una duración mínima de seis meses y máxima de tres años.
Reordenación de la economía social
En este sentido modifica la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
- Nuevas entidades y empresa social
Clarifica qué entidades integran la economía social, añade a los centros especiales de empleo de iniciativa social e incorpora el concepto de empresa social.
- Catálogo estatal y función estadística
El Catálogo de Entidades de Economía Social Estatal pasa a configurarse como herramienta pública de carácter declarativo y soporte para la elaboración de estadísticas específicas.
- Fomento y difusión
La ley actualiza los objetivos de las políticas públicas de promoción de la economía social, con referencias a la simplificación administrativa, la innovación, la economía de los cuidados, la transición energética, el reto demográfico y la contratación pública con cláusulas sociales.
- Otras previsiones
Se incluyen nuevas disposiciones sobre entidades de comercio justo, transformación de empresas convencionales en entidades de economía social, estudio de servicios esenciales en zonas rurales en riesgo de despoblación y salvaguarda de las competencias autonómicas.
Otras modificaciones
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: se modifica la disposición adicional cuarta sobre contratos reservados para reforzar la reserva de participación en procedimientos de adjudicación a centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción, y para prever un porcentaje mínimo de reserva del quince por ciento si no se adopta el acuerdo correspondiente en plazo en el sector público estatal.
- Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital: nuevas reglas sobre revisión y actualización de la cuantía, modificación de circunstancias personales e incorporación de nuevos integrantes a la unidad de convivencia.
- Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas: se modifica para reconocer una bonificación en la cotización por la contratación mediante el contrato de transición al empleo ordinario previsto para empresas de inserción.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: artículo 7.1.a) y disposición adicional quinta.
Derogaciones y régimen transitorio
La norma contiene una derogación general de cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a su contenido y deroga expresamente la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, y los artículos 8, 10, 15 y 17 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
Además, establece reglas transitorias para el depósito y futuro registro de los planes de igualdad cooperativos, la adaptación de las empresas de inserción a la nueva regulación, el mantenimiento de sus calificaciones vigentes y el régimen aplicable a los contratos de trabajo ya existentes.
Impacto práctico
La Ley 1/2026, de 8 de abril, rediseña de forma transversal el marco jurídico de la economía social. Para cooperativas, empresas de inserción, entidades representativas y operadores públicos, la reforma implica nuevas exigencias organizativas, digitales, de igualdad, de calificación administrativa y de acceso a incentivos y contratación pública. También introduce ajustes con efectos laborales, fiscales y administrativos que exigirán revisar estatutos, procedimientos internos y modelos de gestión.
