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20/12/2024

Publicada la Resolución del SEPE con medidas en materia de formación programada programada por las empresas en el ejercicio 2025.

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Materias: laboral

Fecha: 20/12/2024

Publicada en el BOE del 19/12/2024 la Resolución de 21 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación en el trabajo, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2025.

Publicada la Resolución del SEPE con medidas en materia de formación programada programada por las empresas en el ejercicio 2025.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Resolución del 21 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), que establece un conjunto de medidas en materia de formación profesional para el empleo, dirigidas a la formación programada por las empresas durante el ejercicio 2025. Estas iniciativas tienen como objetivo mejorar las competencias profesionales de los trabajadores y fomentar la adaptación de las empresas a las necesidades del mercado laboral actual.

La formación en el entorno laboral ha cobrado una importancia vital para la sostenibilidad y el crecimiento económico de España. La reciente normativa se basa en la eficacia de las medidas implementadas desde 2020, las cuales han demostrado ser fundamentales para mantener la competitividad de las empresas y promover condiciones laborales justas para los trabajadores. En particular, la formación virtual y los métodos bimodales han facilitado la capacitación profesional, adaptándose a los desafíos que impone la digitalización.

Las personas trabajadoras podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2025, permisos individuales de formación (PIF) para posibilitarles la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal, en los términos indicados en el artículo 2 de la presente resolución.

Tanto la impartición como la asistencia podrán acreditarse mediante certificado de la entidad impartidora o mediante declaración responsable del beneficiario, que deberá comunicarse mediante el sistema telemático previsto en el artículo 9 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.

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