Última revisión
17/03/2025
Publicadas las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025

En el BOE del 17/03/2025 se publica la Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025.
Las directrices generales para 2025 contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de información y asistencia, prevención y control del fraude que se consideran más relevantes. Constituyen un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas en años anteriores, a la vez que incorporan otras nuevas adaptadas al contexto económico, social y normativo en el que la Agencia Tributaria realiza su actividad habitual, a fin de garantizar la continuidad y la uniformidad de las tareas habituales de información y asistencia, comprobación e investigación del fraude.
Entre las novedades que incorporan destaca, en primer lugar, el inicio del estudio de distintos proyectos para utilizar la inteligencia artificial en los distintos ámbitos de actuación de la Agencia Tributaria, a fin de conseguir una mayor eficiencia de sus actuaciones, aunque sin permitir que la IA sea la última instancia de toma de decisiones, pues cualquier actuación va a estar sujeta a supervisión humana. En ese sentido, las nuevas propuestas de proyectos de uso de IA se canalizarán hacia un grupo de trabajo que coordinará las peticiones de desarrollo, garantizando que cumplen con los criterios y prioridades establecidos en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2024-2027.
Por otra parte, también conviene destacar que, en el marco del Plan Estratégico se quiere implementar desde 2025 un cambio en el sistema de objetivos de la Agencia Tributaria, de forma que se centre en aquellas actuaciones de comprobación más ligadas a la regularización de las contingencias tributarias más relevantes.
En el ámbito de la información y asistencia, se consolida el modelo con mejoras en materia de formación del personal y tecnológicas, con la implantación de la cita telefónica en el día como hito más importante. Asimismo, se desarrollarán nuevas herramientas virtuales, como el Asistente virtual de censos o el Informador a la importación, junto con el ya implementado Informador sobre las nuevas obligaciones de facturación de empresarios y profesionales, en el marco del Reglamento Veri*Factu. Como novedad para Campaña de Renta 2024, se pondrá a disposición de determinados contribuyentes la nueva modalidad «Renta DIRECTA», para la presentación de declaraciones que no requieren realizar modificaciones en el borrador de Renta WEB.
En cuanto a prevención, se permitirá la presentación de autoliquidaciones rectificativas para los principales impuestos y, de cara a facilitar la cumplimentación de las declaraciones del IVA, se va a poner a disposición de los contribuyentes, en los datos fiscales del IRPF y del IS, información relevante en relación con aquel impuesto. En materia censal, se han implementado diversas modificaciones en el modelo de declaración censal 036 y se ha suprimido el modelo de declaración censal simplificado 037. Por lo demás, las actuaciones de prevención se van a ver marcadas en 2025 por la entrada en funcionamiento del régimen de franquicia del IVA en otros Estados miembros de la Unión, así como de la ventanilla única aduanera en el ámbito de la Unión; igualmente, se impulsará el diseño de una nueva aplicación para la gestión unificada del análisis a posteriori de los riesgos de calidad de información.
En el apartado de investigación y control del fraude tributario y aduanero, se pretende intensificar la vigilancia sobre determinadas operaciones y actividades donde se considera que pueden concentrarse riesgos fiscales de entidad. La atención se centrará en los contribuyentes que presenten discordancias entre su nivel de vida y los signos externos de riqueza que presentan con las rentas y/o patrimonio declarados, intensificando las actuaciones de control sobre aquellos supuestos en los que la ocultación de rentas, o la utilización abusiva de sociedades instrumentales para desviar gastos personales o situar activos para su uso personal. Igualmente se potenciará el control sobre operaciones que podrían tratar de ocultar alteraciones patrimoniales significativas, utilización fraudulenta de ventajas fiscales diseñadas para preservar el funcionamiento neutral del Mercado Único u ocultación de los verdaderos beneficiarios de operaciones económicas de magnitud significativa, entre otros. Al mismo tiempo, se intensificará el control sobre determinados colectivos, como el de los empresarios o profesionales sin ingresos de tarjetas de crédito (cuando sean habituales en su sector) o que simulen la realización de una actividad económica al objeto de obtener devoluciones indebidas de IVA. También se reforzará el control sobre arrendamientos turísticos.
Por lo que a los no residentes se refiere, se intensificarán las actuaciones para la regularización de infra-retenciones en las rentas de artistas y deportistas y rentas/ganancias derivadas de inmuebles.
Finalmente, en cuanto al control del fraude en fase recaudatoria, se han de reseñar, como principales novedades en las actuaciones a desarrollar en 2025: el desarrollo de aplicaciones para la selección de deudores agrupados por tipologías de conducta; la reforma del procedimiento para el embargo de dinero en cuentas a la vista; la anticipación del control y seguimiento preventivo de los riesgos recaudatorios asociados a delitos fiscales y de contrabando; la puesta en marcha del Equipo Nacional de Procedimientos Concursales o el control de la aplicación correcta del régimen de cobranza de determinados avales otorgados por el ICO.
