Última revisión
10/02/2025
Publicadas las tablas salariales para el año 2024 del convenio colectivo de enseñanza concertada

La Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, tiene como objetivo registrar y publicar las tablas salariales de 2024 y el abono de una paga única para el personal de niveles no concertados y personal de administración y servicios, así como un complemento adicional temporal para el personal de administración y servicios y la actualización del complemento de salidas con pernocta del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
Sin perjuicio de la lectura de la norma, las principales novedades que encontramos en esta revisión salarial son:
- Tablas salariales con efectos de1 de enero de 2024 con un incremento del 3,5%
Siguiendo el art. 57 del convenio colectivo analizado, la nueva publicación supone un un incremento salarial del 3,5% con efectos 1 de enero de 2024.
Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2024 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el «Boletín Oficial del Estado».
- Complemento temporal adicional para el personal de administración y servicios con al menos un trienio de antigüedad a fecha 31 de diciembre de 2024, vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
La norma establece un complemento adicional temporal al personal de administración y servicios para las categorías que hayan cumplido al menos un trienio de antigüedad, a fecha 31 de diciembre de 2024, que se percibirá hasta el 31 de diciembre de 2024.
De cumplirse la condiciones establecidas, según la D.T. 2.ª de la norma, el personal que percibirá este complemento de 15 euros/mes será:
- Recepcionista. Telefonista.
- Auxiliar Administrativo.
- Cuidador.
- Portero.
- Guarda. Vigilante.
- Empleado del Servicio de Limpieza, Costura, Lavado y Plancha.
- Cocinero.
- Ayudante de Cocina.
- Empleado del Servicio de Comedor.
- Oficial de 2.ª de Oficios.
- Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios.
- Actualización del complemento de salidas con pernocta
Se actualiza el complemento salarial para salidas escolares con pernocta:
- Por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida: 58,06 euros.
- Por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional: 92,85 euros.
- Por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional: 104,45 euros.
- Abono de una paga única convenio antes del 30 de septiembre de 2025, adicional al incremento del 3,5%.
Se establece la obligación de abonar una paga convenio, por una sola vez, con carácter no consolidable ni actualizable, como gratificación para el personal docente en pago directo y personal de administración y servicios que se abonará antes del 30 de septiembre de 2025, con fecha de devengo del día 1 de enero de 2024.
Esta paga se abonará en proporción a la jornada de trabajo que tenga la persona trabajadora en la fecha de devengo de la misma según las cuantías del anexo I.
- Complemento SMI
En virtud de lo establecido en la normativa anual correspondiente, por el que se fija el salario mínimo interprofesional, ninguna persona trabajadora recibirá una retribución total a jornada completa inferior al salario mínimo interprofesional mensual en catorce pagas, señalado en la norma correspondiente. Si los ingresos por todos los conceptos que recibiese la persona trabajadora no alcanzasen la cuantía del SMI antes señalada, se establecerá un «complemento SMI», hasta alcanzar el importe antes mencionado que será absorbible y compensable.
