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Última revisión
04/06/2025

Publicado el acuerdo para anular las limitaciones al permiso de lactancia en el sector de ingeniería

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Materias: laboral

Fecha: 04/06/2025

Acuerdo en sede judicial para eliminar las limitaciones sobre el disfrute de permisos relacionados con el cuidado del menor establecidas en el artículo 24.2 del convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería; oficinas de estudios técnicos; inspección, supervisión y control técnico y de calidad.

Publicado el acuerdo para anular las limitaciones al permiso de lactancia en el sector de ingeniería

El BOE del pasado 31/05/2025 publica el acuerdo alcanzado ante la Audiencia Nacional anulando parcialmente el artículo 24.2 del XX Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería, Oficinas de Estudios Técnicos, Inspección, Supervisión y Control Técnico y de Calidad:

Anular parcialmente el artículo 24.2 del XX Convenio Colectivo Nacional de empresas de ingeniería, eliminado del mismo la siguiente frase: «hasta totalizar un máximo de dos semanas ininterrumpidas, que deberán disfrutarse inmediatamente tras la finalización del período de suspensión de contrato de trabajo por cuidado del menor previsto en el artículo 48.4 de la Ley del Estatuto del Estatuto de los Trabajadores, y en caso de que se opte por fraccionar la citada suspensión, inmediatamente tras la finalización del último período de suspensión del contrato salvo acuerdo entre las partes para disfrutar el permiso en períodos distintos».

Esta decisión se produce tras una impugnación presentada por la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FESMC-UGT) y busca corregir limitaciones en el disfrute de permisos relacionados con la lactancia y el cuidado del menor.

La controvertida frase que fue eliminada estipulaba que el permiso por lactancia se limitaba a un máximo de dos semanas ininterrumpidas, debiendo disfrutarse inmediatamente después de la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo por cuidado del menor. Esta medida ha sido motivo de debate en el sector, ya que restringía la acumulación de horas de lactancia a las jornadas completas y laborables, generando inconvenientes para las familias trabajadoras.

El acuerdo alcanzado establece que a partir de ahora, las empresas del sector estarán obligadas a permitir que la acumulación de las horas de lactancia se lleve a cabo en jornadas completas y laborables, facilitando así un acceso más equitativo a este derecho. Según ha manifestado en un comunicado el sindicato UGT, la correcta aplicación del permiso debe dividir la suma total de días laborables que restan hasta que el menor cumpla 9 meses, y esto se debe hacer en relación con las horas de trabajo que corresponden a la jornada de la persona trabajadora. Esta fórmula permitirá a las jornadas parciales acumular más días de permiso.

Permiso por cuidado del lactante

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