Publicado el Boletín del Sistema Red 11/2020 aclarando la exoneración de cuotas para mayo y junio ante covid-19
Tras la publicación del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, la TGSS aclara como realizar la exoneraciones de cuotas para mayo y junio y la declaración responsable que deben aportar las empresas para acceder a las mismas.
- Materias: Laboral
- Fecha: 15/05/2020

Publicado, en el BOE del 13/05/2020, el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, la TGSS desarrolla -Boletín 11 /2020, 14 de mayo de 2020- el procedimiento a seguir para la aplicación de las exenciones en las cuotas ante la prolongación de los ERTES por fuerza mayor asociados al covid-19 hasta -en principio- el próximo 30/06/2020.
I.- REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS EXENCIONES
Para que la Tesorería General de la Seguridad Social exonere, en los porcentajes establecidos y respecto a las cotizaciones devengadas en los meses de mayo y junio de 2020, a las empresas y entidades a las que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 1 del abono de la aportación empresarial prevista para cada caso, se deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Que la empresa contara con un expediente de regulación temporal de empleo basado en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, y
a. Continúe, a partir del día 13 de mayo de 2020, en situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por las causas contempladas en dicho artículo y que impidan el reinicio de su actividad, o
b. Se encuentre, a partir del día 13 de mayo de 2020, en situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 por estar afectada por las causas contempladas en dicho artículo que permitan la recuperación parcial de su actividad.
2. Que la empresa que se encuentre en situación de fuerza mayor parcial proceda a reincorporar a las personas trabajadoras afectadas por medidas de regulación temporal de empleo, en la medida necesaria
para el desarrollo de su actividad.
3. Que las empresas comuniquen a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al expediente de regulación temporal de empleo autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de la renuncia.
4. Que las empresas comuniquen al Servicio Público de Empleo Estatal:
a. Las variaciones en los datos contenidos en la solicitud colectiva inicial de acceso a la protección por desempleo, y
b. Las variaciones que se refieran a la finalización de la aplicación de la medida respecto a la totalidad o a una parte de las personas afectadas, bien en el número de estas o bien en el porcentaje de
actividad parcial de su jornada individual, cuando la flexibilización de las medidas de restricción que afectan a la actividad de la empresa permita la reincorporación al trabajo efectivo de aquellas.
5. Que las empresas comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social:
a. La situación de fuerza mayor total o parcial, respecto de cada código de cuenta de cotización, mediante una declaración responsable que deberá presentar antes de que se solicite el cálculo de la
liquidación de cuotas correspondiente, a través del Sistema RED, y b. La identificación de las personas trabajadoras afectadas, y el periodo de la suspensión o reducción de jornada que corresponda a cada una de las citadas personas.
Sin perjuicio de las comunicaciones que deben efectuarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social, tal y como se ha indicado en el anterior punto 5, esta Tesorería General de la Seguridad Social establecerá, tal y como se contempla en el apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020, con el Servicio Público de Empleo
Estatal los sistemas de comunicación necesarios para verificar que se ha producido el reconocimiento de la correspondiente prestación por desempleo por el período de que se trate y para verificar el contenido de las declaraciones responsables a las que se refiere el anterior apartado 5.a).
II.- DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR TOTAL O FUERZA MAYOR PARCIAL DERIVADA DEL COVID-19
El apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020 establece que para que las exenciones resulten de aplicación la empresa debe comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social que se encuentra:
1. En situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por las causas referidas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 que impidan el reinicio de su actividad, o
2. En situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 desde el momento en el que las causas reflejadas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 permitan la recuperación parcial de su actividad.
Esta comunicación se realizará mediante una declaración responsable en la que concurren las siguientes circunstancias:
a) Debe presentarse a través del Sistema RED, y
b) Debe presentarse respecto de cada código de cuenta de cotización en el que figuren de alta, a 13-05-2020, personas trabajadoras con suspensión de su contrato de trabajo o con reducción de jornada
conforme a lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, personas trabajadoras respecto de las que haya comunicado previamente los valores V, W o X en el campo TIPO DE INACTIVIDAD, y
c) Debe presentarse antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.
IMPORTANTE: Si la declaración responsable no se presenta conforme a lo indicado anteriormente, las exenciones no resultarán de aplicación.
Modo de presentación de la declaración responsable en el ámbito de afiliación
RESUMEN DEL MODO DE PRESENTACIÓN
1. A través de la funcionalidad: ANOTACIÓN CAUSA PECULIARIDADES DE COTIZACIÓN EN CCC
2. Opción: ANOTACIÓN RESTO DE PECULIARIDADES
a. Declaración responsable Fuerza Mayor Total: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 058
b. Declaración responsable Fuerza Mayor Parcial: CAUSA PECULIARIDAD COTIZACIÓN 059
3. Datos: CCC y FECHAS
La declaración responsable se deberá realizar a través de la funcionalidad Anotación Causa Peculiaridades de Cotización en CCC y, dentro de ésta, a través de la opción Anotación Resto de Peculiaridades por la que se podrá pasar a realizar la declaración responsable sobre la continuación en la situación de fuerza mayor total –Causa de la Peculiaridad de Cotización 058- o sobre el inicio de la situación de fuerza mayor parcial –Causa de la Peculiaridad de Cotización 059-
Declaraciones responsables respecto del mes de mayo:
Respecto del mes de mayo, todas las empresas que mantengan personas trabajadoras en situación de alta a 13-05-2020, con suspensión de su contrato de trabajo o con reducción de jornada conforme a lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, personas trabajadoras respecto de las que se haya comunicado los valores V, W o X en el campo TIPO DE INACTIVIDAD, deberán presentar una declaración responsable, por cada CCC, en alguno de los siguientes sentidos:
1. Si la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por causas que impidan el reinicio de su actividad durante todo el mes de mayo de 2020, o 2. Si la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 por estar afectada por causas que permitan la recuperación parcial de su actividad entre el día 13 y el 31 de mayo de 2020.
En el primer caso, es decir, cuando la empresa haya continuado en situación de fuerza mayor total por tener impedido el reinicio de su actividad, se deberá seleccionar la opción Causa de la Peculiaridad de
Cotización 058 -Declaración responsable Fuerza Mayor total- y cumplimentar los siguientes campos:
o CCC
o Fecha desde: Debe ser igual a 13-05-2020
o Fecha hasta: Debe ser igual a 31-05-2020
En el segundo caso, es decir, cuando la empresa se encuentre en situación de fuerza mayor parcial por estar afectada por causas que permitan la recuperación parcial de su actividad durante el mes de mayo, se deberá seleccionar la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 059 -Declaración responsable Fuerza Mayor parcial- y cumplimentar los siguientes campos:
o CCC
o Fecha desde: Debe estar comprendida entre 13-05-2020 y 31-05-2020
El CCC que deberá anotarse será aquél respecto del que se realiza la declaración responsable y que será el CCC en el cual figuran de alta, a 13-05-2020, las personas trabajadoras con valor V, W o X en el campo TIP INACTIVIDAD, no precisándose presentar declaración responsable respecto de aquellos CCC en los que no figuren de alta a 13-05-2020 personas trabajadoras con estos identificadores.
Presentación de la declaración responsable: Las declaraciones responsables correspondientes al mes de mayo se podrán realizar hasta el momento en el que se presente la liquidación de cuotas correspondiente a dicho mes. No obstante, durante el mes de junio no se podrán modificar ni eliminar las declaraciones responsables presentadas durante el mes de mayo.
Declaraciones responsables respecto del mes de junio:
Respecto del mes de junio, únicamente deberán presentar la declaración responsable aquellas empresas que no hayan podido reiniciar su actividad durante el mes de mayo. Es decir, únicamente deberán presentar la declaración responsable aquellas empresas que, respecto del mes de mayo, hayan presentado una Declaración responsable Fuerza Mayor Total a través de la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 058.
En consecuencia, todas las empresas que hayan estado afectadas por causas que hubiesen impedido el reinicio de su actividad durante el mes de mayo y mantengan personas trabajadoras en situación de alta durante el mes de junio con suspensión de su contrato de trabajo o con reducción de jornada conforme a lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, personas trabajadoras que tengan anotados los valores V, W o X en el campo TIPO DE INACTIVIDAD, deberán presentar una declaración responsable, respecto de cada CCC, en alguno de los siguientes sentidos:
1. Si la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor total derivada del COVID-19 por estar afectada por causas que impidan el reinicio de su actividad durante todo el mes de junio de 2020, o
2. Si la empresa se encuentra en situación de fuerza mayor parcial derivada del COVID-19 por estar afectada por causas que permitan la recuperación parcial de su actividad entre el día 1 y el 30 de junio.
BNR 11/2020 Página 5 de 13 En el primer caso, es decir, cuando la empresa haya continuado en situación de fuerza mayor total, se deberá seleccionar la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 058 -
Declaración responsable Fuerza Mayor total- y cumplimentar los siguientes campos:
o CCC
o Fecha desde: Debe ser igual a 01-06-2020
o Fecha hasta: Debe ser igual a 30-06-2020
En el segundo caso, es decir, cuando la empresa se encuentre en situación de fuerza mayor parcial por estar afectada por causas que permitan la recuperación parcial de su actividad durante el mes de junio, se deberá seleccionar la opción Causa de la Peculiaridad de Cotización 059 -Declaración responsable Fuerza Mayor parcial- y cumplimentar los siguientes campos:
o CCC
o Fecha desde: Debe estar comprendida entre 01-06-2020 y 30-06-2020
Los aspectos indicados en el apartado anterior sobre los CCC y Tareas resultan de aplicación a estas declaraciones.
Presentación de la declaración responsable: Las declaraciones responsables correspondientes al mes de junio se podrán realizar hasta el momento en el que se presente la liquidación de cuotas correspondiente a dicho mes. No mobstante, durante el mes de julio no se podrán modificar ni eliminar las declaraciones responsables presentadas durante el mes de junio.
IMPORTANTE:
- Para la aplicación de las exenciones en la cotización durante el mes de mayo, con las condiciones y requisitos establecidos en este Real Decreto-ley, es imprescindible la presentación de las declaraciones
responsables a las que se ha hecho referencia en este apartado. - Para la aplicación de las exenciones en la cotización durante el mes de junio es imprescindible que se presente la declaración responsable por las empresas que se hayan mantenido en situación de fuerza
mayor total durante todo el mes de mayo. Por el contrario, no se podrá presentar dicha declaración por aquellas empresas que ya hubiesen reiniciado su actividad en dicho mes de mayo. - Hasta el momento en el que se comuniquen las declaraciones responsables sobre la situación de fuerza mayor total o fuerza mayor parcial no se calcularán las peculiaridades de cotización que figuran en los
Anexos I y II y, por lo tanto, no se aplicarán las exenciones. - Implantación de la posibilidad de presentar las declaraciones responsables: La fecha a partir de la cual se podrán presentar las declaraciones responsables se informará próximamente.
RD-Ley 18/2020 de 12 de May (Medidas en defensa del empleo debido a COVID-19) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 134 Fecha de Publicación: 13/05/2020 Fecha de entrada en vigor: 13/05/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 3ª. Entrada en vigor.
- D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
- D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.A. 2ª. Comisión de Seguimiento tripartita laboral.
RD-Ley 8/2020 de 17 de Mar (Medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 73 Fecha de Publicación: 18/03/2020 Fecha de entrada en vigor: 18/03/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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Sentencia SOCIAL Nº 48/2021, JSO Barcelona, Sec. 20, Rec 869/2020, 03-02-2021
Orden: Social Fecha: 03/02/2021 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Barcelona Ponente: Gomez, Jesus Esteban Num. Sentencia: 48/2021 Num. Recurso: 869/2020
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Sentencia SOCIAL Nº 18/2021, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 12/2021, 03-06-2021
Orden: Social Fecha: 03/06/2021 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Amparo Illan Teba Num. Sentencia: 18/2021 Num. Recurso: 12/2021
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Sentencia SOCIAL Nº 370/2021, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 130/2021, 15-04-2021
Orden: Social Fecha: 15/04/2021 Tribunal: Tsj Canarias Ponente: Mas Carrillo, Marina Num. Sentencia: 370/2021 Num. Recurso: 130/2021
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Sentencia SOCIAL TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4783/2020, 31-03-2021
Orden: Social Fecha: 31/03/2021 Tribunal: Tsj Galicia Ponente: Fernández De Mata, Emilio Num. Recurso: 4783/2020
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Sentencia SOCIAL Nº 1134/2021, TS, Sala de lo Social, Rec 178/2021, 18-11-2021
Orden: Social Fecha: 18/11/2021 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Sempere Navarro, Antonio Vicente Num. Sentencia: 1134/2021 Num. Recurso: 178/2021
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Despido por fuerza mayor
Orden: Laboral Fecha última revisión: 11/11/2021
El despido por fuerza mayor se produce ante la imposibilidad de llevar a cabo la prestación del servicio debido a la concurrencia de fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo, previa constatación de su existencia por ...
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Suspensión del contrato o reducción de jornada por fuerza mayor temporal (ERTE Fuerza Mayor)
Orden: Laboral Fecha última revisión: 30/01/2023
La suspensión del contrato o reducción de jornada por fuerza mayor temporal se establece en los arts. 47.5 (que remite al 51.7) y 31-33 del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre.NOVEDADES- D.F. 4.13 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. ...
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Supuesto de la extinción del contrato laboral por fuerza mayor
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El Titulo II del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, trata la extinción y suspensión de relaciones de traba...
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Suspensión, extinción y régimen disciplinario de la relación laboral de especialistas en ciencias de la salud
Orden: Laboral Fecha última revisión: 11/10/2022
La suspensión y extinción del contrato en la relación laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud, se regula en los arts. 9 y 11 de la Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre. Los artículos del 12 a...
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Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)
Orden: Laboral Fecha última revisión: 30/01/2023
El expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) es una medida de flexibilidad que otorga la legislación laboral a la empresa para suspender los contratos o reducir las jornadas ante determinadas causas justificadas.NOVEDADES- Real Decreto-le...
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Formulario de comunicación al trabajador de nueva afección a ERE fuerza mayor COVID-19
Fecha última revisión: 18/12/2020
[DATOS_EMPRESA] En [LUGAR], a [FECHA]A la att. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]Muy señor/a mío/a: Como sabe con fecha de efectos del pasado día [FECHA], obedeciendo a lo establecido en el art. 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medid...
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Comunicación individual a la persona trabajadora de ERTE por fuerza mayor COVID-19
Fecha última revisión: 05/02/2021
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].[DATOS_EMPRESA]A la att. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]Muy señor/a mío/a:Por medio de la presente, obedeciendo lo establecido en el artículo 45.i, 47 y 51.7 del Estatuto de los Trabajadores; así como en...
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Fecha última revisión: 05/02/2021
En [LUGAR], a [FECHA][DATOS_EMPRESA]A la Att. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]Muy Sr./Sra. nuestro/a:A través de la presente carta nos vemos en la obligación de comunicarle que ha sido notificado a esta empresa el acuerdo de la Dirección Provincial de...
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Comunicación a los Autoridad Laboral solicitando el desistimiento de ERTE por fuerza mayor ante coronavirus Covid-19
Fecha última revisión: 01/04/2020
Expediente [NUMERO]. A LA [AUTORIDAD_LABORAL_COMPETENTE] D./Dña. [NOMBRE], en posesión del DNI núm. [DNI] en mi calidad de [ESPECIFICAR_CARGO_EMPRESA_Y_ORIGEN_PODERES] de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] y cuyas demás circunstancias ya const...
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Demanda por parte de la empresa contra la resolución administrativa denegatoria de ERTE por fuerza mayor (COVID-19)
Fecha última revisión: 23/04/2020
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [LOCALIDAD] (1)D/Dª [NOMBRE] en calidad [LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL] y representante de D/Dª [NOMBRE_EMPRESARIO], con DNI [NUMERO],en su calidad [CARGO], de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], CIF núm. [NUMERO], representaci...
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Caso práctico: situación coronavirus COVID-19, en caso de recuperación total de actividad tras ERTE, ¿existe derecho a las exoneraciones/bonificaciones de las cuotas?
Fecha última revisión: 09/06/2020
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Pueden volver al ERTE trabajadores ya reincorporados a la actividad?
Fecha última revisión: 09/06/2020
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Pueden coexistir los ERTE por fuerza mayor sin renuncia y ERTE por impedimento/limitación?
Fecha última revisión: 27/11/2020
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Falta de mantenimiento de empleo en ERTE fuerza mayor ¿la devolución de cotizaciones y desempleo afecta al total de la plantilla?
Fecha última revisión: 08/05/2020
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Deber de presentar Declaración Responsable a la TGSS
Fecha última revisión: 04/06/2020
PLANTEAMIENTOUna empresa se plantea finalizar el ERTE por fuerza mayor y reanudad su actividad totalmente, ¿en caso de finalización del ERTE sería posible aplicar exoneraciones/bonificaciones en el pago de las cuotas de la Seguridad Social? ¿En...
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PLANTEAMIENTOEn caso de extinguir una relación laboral afectada por un ERTE fuerza mayor. Incumplir el mantenimiento de empleo asociado al ERTE fuerza mayor 1. ¿Supondría la devolución de las cuotas no ingresadas a la Seguridad Social o tambié...
PLANTEAMIENTO¿Existe un modelo de declaración responsable para la exoneración de cuotas en caso de ERTE?RESPUESTAEl apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020 establece que para que las exenciones resulten de aplicación la empresa ...
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Resolución de ICAC, 122/JUNIO 2020, 01-06-2020
Órgano: Instituto Contable Y Auditoria De Cuentas Fecha: 01/06/2020 Núm. Resolución: 122/JUNIO 2020
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Resolución, 124/Diciembre 2020, 28-01-2021
Órgano: Instituto Contable Y Auditoria De Cuentas Fecha: 28/01/2021 Núm. Resolución: 124/Diciembre 2020
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Resolución de TEAF Bizkaia, 12437, 18-10-2010
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 18/10/2010
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Resolución de TEAF Bizkaia, 13539, 27-03-2015
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 27/03/2015
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Resolución de TEAF Bizkaia, 13557, 27-03-2015
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 27/03/2015