Última revisión
24/11/2025
Publicado el Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias 2025-2027

La Dirección General de Trabajo ha publicado este viernes, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Resolución del 6 de noviembre de 2025, que oficializa el nuevo convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias para los años 2025 a 2027. Este acuerdo supone un notable avance en la regulación laboral de un sector clave para la economía circular y la gestión medioambiental en España, afectando directamente a más de 33.000 trabajadores distribuidos en más de 5.000 empresas de todo el país.
Alcance y vigencia del convenio
El convenio, identificado con el código n.º 99004345011982, es de aplicación general a todas las empresas y personas trabajadoras del sector, según lo dispuesto en sus artículos 1 y 2. Su entrada en vigor está fijada para el 1 de enero de 2025 y mantendrá su validez hasta el 31 de diciembre de 2027. Además, está previsto que se prorrogue automáticamente en todos sus términos salvo que se formalice una denuncia por escrito al menos un mes antes de la expiración de su vigencia inicial o cualquiera de sus prórrogas. Si el convenio fuera denunciado, continuará aplicándose íntegramente hasta la aprobación de un nuevo acuerdo por la comisión negociadora, la cual deberá constituirse en el plazo de un mes desde la recepción de la comunicación de denuncia.
Incremento salarial y recuperación del poder adquisitivo
Uno de los puntos de mayor impacto incluidos en el nuevo convenio es la subida salarial acumulada del 11,91% durante los tres años de vigencia. El artículo 12 establece un incremento del 5,416% para el año 2025, mientras que para 2026 y 2027 se contemplan incrementos de entre el 2,75% y el 3,25% cada año. Además, se fija un salario mínimo de 18.000 euros anuales desde 2025 para los puestos de mayor responsabilidad, en adelante desde la categoría de sopletista.
Como salvaguarda para el mantenimiento del poder adquisitivo, se ha introducido una cláusula de revisión salarial vinculada tanto al Índice de Precios al Consumo (IPC) real como al Producto Interior Bruto (PIB). Así mismo, se actualizan todos los pluses asociados —transporte, desplazamiento y ayuda familiar— conforme a las nuevas condiciones pactadas (art. 12).
Anticipación de la jubilación y reconocimiento de la antigüedad
La disposición adicional segunda del convenio evidencia el compromiso del sector con la mejora de las condiciones de retirada laboral: se acuerda el inicio de los procedimientos para analizar la aplicación de coeficientes reductores que permitan la jubilación anticipada, comenzando por la categoría de conductor de primera y con la intención de ampliar el estudio a otros puestos relevantes.
En materia de antigüedad, se desbloquea el complemento correspondiente y se establece el reconocimiento de un quinto quinquenio, que permitirá alcanzar un tope del 25% sobre el salario base para empleados que cumplan 25 años de servicio a partir del 1 de enero de 2026. Además, la antigüedad generada desde 2017 no podrá ser compensada ni absorbida, lo que consolida la mejora de los derechos adquiridos por los trabajadores (art. 20)
Permisos retribuidos y mejoras en las condiciones laborales
El convenio introduce relevantes cambios en el régimen de permisos retribuidos, adaptándose a las necesidades actuales de los empleados del sector. Así, el permiso por matrimonio, de 15 días, podrá disfrutarse en cualquier momento dentro del año, y en caso de fallecimiento de un familiar, el permiso de 10 días podrá emplearse dentro de los diez días siguientes al suceso, con la posibilidad de ampliarse a diez días, de los cuales cinco serán retribuidos si el desplazamiento implica salir de España.
Además, se extiende a cinco días el permiso por accidente, enfermedad grave u hospitalización, disfrutables en días laborables y debidamente justificados. En cuanto a la paternidad, se eliminan los tres días adicionales por nacimiento, ajustándose a las regulaciones nacionales vigentes.
En el ámbito de la remuneración, se estipula un incremento mínimo del 25% sobre la hora ordinaria para el trabajo nocturno, y se implementan mejoras en la definición y reconocimiento de puestos laborales, destacando la inclusión del palista como maquinista especialista y la descripción del puesto de prensa de papel (arts. 16 y 18).
Igualdad, prevención y profesionalización
El convenio colectivo ratifica su apuesta por la protección de los empleados implantando protocolos de obligado cumplimiento en la prevención del acoso laboral y la garantía de derechos de las personas LGTBI, así como actuaciones en caso de fenómenos meteorológicos adversos (D.A. 3.ª).
Se crea además un Observatorio Sectorial cuyo objetivo será el seguimiento y la mejora continua del marco laboral pactado, reforzando el control y cumplimiento efectivo en todos los centros de trabajo.
En el ámbito profesional, el acuerdo reconoce y armoniza los diferentes grupos y categorías profesionales, con la finalidad de estandarizar la clasificación de los puestos y dotar de estabilidad el empleo dentro del sector.
