Última revisión
11/05/2015
Su objetivo es garantizar el derecho de los trabajadores del mar a tener condiciones de trabajo decentes.
El Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles (CTM 2006), recoge el derecho de la gente de mar a condiciones de trabajo decentes en los aspectos relacionados con su entorno laboral y vital, así como la responsabilidad de los Estados de cumplir y controlar su aplicación.
Para ello se ha publicado este sábado el Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles, que tiene como objetivo establecer la estructura del procedimiento coordinado de inspección y control de los requisitos que han de cumplir los buques civiles españoles a los que sea de aplicación el citado Convenio.
Los organismos encargados de ejecutar este procedimiento de inspección y control del Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles y de asegurar que las condiciones de trabajo y de vida de la gente de mar en los buques de pabellón español cumplan, y continúen cumpliendo, los requisitos pertinentes del Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles son:
Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
Se le atribuyen las funciones de:
- Vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en el ámbito de las normas de ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevención de riesgos laborales, sistema de seguridad social y empleo.
Instituto Social de la Marina
Se le atribuyen las funciones de:
- Cordinación y realización de programas y actividades específicos dirigidos a potenciar e incrementar la seguridad marítima y la seguridad del trabajo en el mar, así como la
- Colaboración con otros organismos de la administración con competencias en el sector marítimo-pesquero en esta materia
- Gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar,
- Asistencia sanitaria de los trabajadores del mar
- Sanidad marítima
- Inspección y control de los medios sanitarios a bordo.
Dirección General de la Marina Mercante.
Se le atribuyen las funciones de:
- Ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española
- Expedir y renovar el certificado de trabajo marítimo y la declaración de conformidad laboral marítima parte I a los que se refiere el CTM 2006
