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Última revisión
30/07/2026

Se amplía la jubilación anticipada para personas con discapacidad igual o superior al 45 % al Parkinson y otras enfermedades

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Materias: laboral

Fecha: 30/07/2026

En el BOE del 30/07/2026 se publica el RD 632/2026, que amplía las patologías que permiten anticipar la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 %.

Se amplían las patologías que permiten anticipar la jubilación de personas con discapacidad en grado igual o superior al 45 %

 

El BOE de 30 de julio de 2026 publica el Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, por el que se modifica el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 %.

La norma incorpora nuevas patologías al anexo que relaciona las discapacidades que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación. Todo ello forma parte de lo previsto en el artículo 206 bis de la LGSS, que permite reducir la edad mínima de acceso a la pensión de jubilación en el caso de personas con discapacidad en grado igual o superior al 45 %, siempre que se trate de discapacidades reglamentariamente determinadas respecto de las que existan evidencias contrastadas que determinen de forma generalizada una reducción significativa de la esperanza de vida.

Revisión periódica del anexo

El preámbulo señala que la continua aparición de nuevas patologías determina la necesidad de que el anexo no tenga la consideración de una relación cerrada, sino que se configure como una relación abierta, susceptible de ampliación con la incorporación de otras patologías que reduzcan de forma generalizada y apreciable la esperanza de vida, quedando asimismo su contenido sujeto a revisión periódica.

En este marco, la Orden ISM/444/2025, de 30 de abril, reguló el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre. Conforme a esa regulación, una comisión técnica ha informado favorablemente la inclusión de once nuevas patologías, y la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social dictó resolución el 23 de enero de 2026 sobre la admisión o inadmisión de cada una de ellas.

Nuevas patologías que se incluyen en el anexo

Con esta modificación se incorporan al anexo las siguientes patologías: amiloidosis por transtiretina variante, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, espina bífida, enfermedad de Parkinson, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica, parálisis supranuclear progresiva, esclerosis sistémica y enfermedad renal crónica estadio G5.

Además, se modifica el ordinal quinto del párrafo i) bajo la denominación lesión medular, traumática o no traumática, para comprender tanto los supuestos de etiología traumática, ya reconocidos, como los de etiología no traumática.

Nueva categoría de enfermedades sistémicas

Se crea una nueva categoría de discapacidad en el anexo, recogida en el párrafo j) con la denominación de enfermedades sistémicas, para incluir en ella la esclerosis sistémica y la enfermedad renal crónica estadio G5. El objetivo es reforzar la coherencia interna del propio anexo, al quedar estas patologías integradas en una categoría acorde con su naturaleza.

Entrada en vigor

El Real Decreto entrará en vigor el 31 de julio de 2026 y se aplicará a hechos causantes posteriores a su entrada en vigor.

 

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