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Última revisión
09/05/2023

Se modifica el régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas y la reducción en la cotización según la renta

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: laboral

Fecha: 09/05/2023

La Ley 11/2023, de 8 de mayo (BOE 9 de mayo de 2023) establece la modificación de la D.F. 11.ª (entrada en vigor) y D.T. 3.ª (régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas) del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Se modifica el régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas
Se modifica el régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas

 

Entre las dieciocho disposiciones finales que completan la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos, encontramos, con interés en el ámbito laboral, la modificación del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

En concreto se modifica:

1. La entrada en vigor de los beneficios en la cotización aplicables en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.  Mediante esta modificación se retrasa la entrada en vigor —hasta un futuro desarrollo reglamentario o, en todo caso, el 1 de abril de 2024— de la bonificación del 45 por ciento o del 30 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al Sistema Especial para Empleados de Hogar (cuando cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora en los términos y condiciones que se fijen reglamentariamente) alternativa a la reducción. Lo que paraliza también el deber del SEPE de determinar del derecho a las bonificaciones y su financiación.

La disposición derogatoria única, por su parte, derogaba diferentes previsiones en materia de bonificaciones aplicables en la cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, que quedaban incorporadas al texto del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre. Según lo dispuesto en la Ley 11/2023, también se mantiene la vigencia del artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, y el artículo 5 del Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, aprobado por el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre.

«4. Lo dispuesto en los apartados 2 y 3 y el párrafo segundo del apartado 4 de la disposición adicional primera, así como la letra b) de la disposición derogatoria única, producirán efectos cuando entre en vigor el desarrollo reglamentario previsto en los citados preceptos y, en todo caso, el 1 de abril de 2024.»

2. Se modifica el régimen transitorio de mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas, que queda redactada del modo siguiente:

«Disposición transitoria tercera. Mantenimiento de los beneficios por la contratación de cuidadores en familias numerosas.

Las bonificaciones por la contratación de cuidadores en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social.

Se mantendrá la aplicación de las bonificaciones a las que se refiere el párrafo anterior desde el 1 de abril de 2023 hasta la entrada en vigor de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. [La citada norma entra en vigor con carácter general el 10 de mayo de 2023].

Tales bonificaciones serán incompatibles con la reducción en la cotización establecida en el párrafo primero del apartado 1 de la disposición adicional primera de este real decreto-ley, así como con las bonificaciones establecidas en el apartado 2 de dicha disposición adicional».

 

Cotización en el Régimen especial de empleados de hogar año 2023.

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