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La TGSS publica una guía para actualizar los datos del salario de un empleado de hogar
La Seguridad Social es clara, a partir del 1 de abril de 2021, si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En el caso de que durante la campaña de regularización de salarios para los empleados de hogar no se regularice el estado contractual de este colectivo antes del 31 de marzo, los empleadores se enfrentarán a multas de entre 6.250 a 190.000 euros.
¿Cómo comunicar la variación de datos a la TGSS?
Según la información publicada en "revista.seg-social.es", desde el 1 de enero de 2021 se disponen a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social de los siguientes métodos:
- Si dispone de certificado electrónico, cl@ve o identificación vía SMS (si ha comunicado su teléfono a la Seguridad Social previamente) puede hacerlo desde el servicio de Variaciones/Correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.
- Si no dispone de estos medios de identificación electrónica puede cumplimentar el Modelo TA.2/S-0138 de Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General – Sistema Especial para empleados de hogar- y remitirlo a través del formulario habilitado por la TGSS adjuntando, además del modelo de solicitud, copia de su documento de identidad. En el formulario deberá seleccionar la categoría “Empleador/Empleado de Hogar” y el trámite “Comunicación de Inspección de Trabajo”. El enlace a este formulario estará disponible también en la carta remitida por la ITSS a través de un código QR
- Por último, puede comunicarlo a través de un Autorizado al Sistema RED si dispone de uno. El autorizado RED deberá utilizar el servicio de Variaciones en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, que se encuentra ubicado en el apartado Inscripción/Afiliación online de la Oficina Virtual.
En aquellos supuestos de regularización con efectos retroactivos anteriores al 1 de enero de 2021, solamente resultarán posible los siguiente canales:
- Si el trámite lo realiza personalmente el empleador o su representante, deberá hacerlo a través del formulario habilitado sin certificado digital mencionado con anterioridad y disponible en este enlace, adjuntando su documento de identidad y el Modelo TA.2/S-0138
- Cuando el trámite lo efectúe un Autorizado al Sistema RED deberá hacerlo a través de CASIA, seleccionando la materia Afiliación, altas y bajas, categoría: Variación datos trabajadores SE Hogar, Subcategorías:
- Cambio retribución con efecto retroactivo.
- Cambio Contrato con efectos retroactivos.
- Cambio Nº horas/mes con efectos retroactivos.
Fuente: revista.seg-social.es