Última revisión
29/02/2024
Caso práctico: ¿Cómo se computa el plazo para instar la revisión de un laudo arbitral por falsedad documental?
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 2 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 29/02/2024
El plazo para instar la revisión de un laudo arbitral por falsedad documental se computa desde la notificación del laudo arbitral.
PLANTEAMIENTO
Se pretende formular la revisión de un laudo arbitral sustentada en la causa del artículo 510.1.2.º LEC, habiéndose interpuesto previamente una querella por falsedad documental, que ha sido admitida a trámite.
1. ¿Cómo se computará el plazo de 5 años para instar el proceso de revisión?
2. ¿Se interrumpirá por estar pendiente la tramitación del proceso penal?
RESPUESTA
1. El plazo se compu...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder