Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: Comunicación administrativa en caso de baja del sistema de notificaciones telemáticas
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Según la DGT, las notificaciones que la Administración tributaria deba efectuar a una entidad que esté fuera del sistema de dirección electrónica habilitada, se realizarán de forma convencional conforme a las reglas generales de notificación de la LGT y sus normas de desarrollo.
PLANTEAMIENTO
En caso de que una sociedad limitada se encuentre dada de baja en el sistema de notificaciones telemáticas, ¿a través de qué medio se comunicará con ella la Administración Tributaria?
RESPUESTA
A esta cuestión ha respondido la DGT, en su Resolución Vinculante de DGT, V0668-13 de 04 de Marzo de 2013.
El art. 2 del Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos ...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder