Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: Contrato de leasing inmobiliario: ¿sujeción al IVA o al ITPYAJD?
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Cuando el transmitente en un contrato de leasing sea un empresario o profesional, la operación estará sujeta al IVA y no al ITPYAJD.
PLANTEAMIENTO
La sociedad «A» vendió al banco «B» un terreno, estando dicha compraventa sujeta a IVA. Posteriormente, el banco constituye con la sociedad «C» un contrato de leasing inmobiliario sobre el terreno.
¿Está sujeta la operación de leasing al IVA o al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados?
RESPUESTA
No. En primer lugar, conviene aclarar que el leasing es un contrato de arrendamiento financiero que incluye una opción de compra para el arrendatario sobre el bien recibido, que podrá ejercitar al final del contrato por un precio denominado valor residual y que, obligatoriamente, debe figurar en el contrato de arrendamiento financiero.
Dado que ambas operaciones del presente supuesto, el transmitente del terreno es un empresario, ambas operaciones están sujetas a IVA, no a ITPYAJD.
