Caso práctico: Eficacia de una segunda comunicación o carta de despido en la que...igaciones laborales.
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Caso práctico: Eficacia d...laborales.

Última revisión
28/04/2016

Caso práctico: Eficacia de una segunda comunicación o carta de despido en la que imputan nuevos incumplimientos de obligaciones laborales.

Tiempo de lectura: 5 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 28/04/2016

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

Un trabajador fue despedido por indisciplina o desobediencia en el trabajo el 20 de junio de 2011. Durante el transcurso del acto de conciliación, el 16 de julio de 2011, el representante de la empresa entrega al trabajador una segunda carta de despido, donde se le acusa de usar el ordenador del trabajo para uso personal en actuaciones que la empresa considera como transgresión de la buena fe contractual. La empresa argumenta en la segunda carta de despido que éstas últimas acciones fueron averiguadas a raíz de la terminación de la prestación de servicios consecuente al primer acto de despido.

¿Es válido el intento de la entidad empleadora de plantear una segunda carta o comunicación de despido como "ampliación" de la primera, y no como un acto de despido diferenciado del precedente? ¿Puede entenderse que la empresa ha realizado una subsanación de la primera carta de despido al amparo del apdo. 2, Art. 55 ,Estatuto de los Trabajadores?

RESPUESTA

No es válido entregar una segunda carta de despido -ni como subsanación de la primera al amparo del apdo. 2, Art. 55 ,ET-, porque no cumple los requisitos de este trámite excepcional, ni como supuesta "ampliación" de la primera que pretender formar cuerpo con ella

ANÁLISIS

En lo referido a la eficacia de la segunda carta de despido, hemos de atender a dos cuestiones resueltas por el Tribunal Supremo (STS 16-1-2009 (R. 88/2008 - TS, Sala de lo Social, de 16/01/2009, Rec. 88/2008 -):

  • a) Excluir la consideración de la segunda carta de despido como ejercicio de la facultad empresarial de subsanar la primera (apdo. 2, Art. 55 ,ET), para el TS: "actuada la facultad disciplinaria, la misma se agota y consume, salvo que el empresario acuda al expediente que posibilita el apdo. 2, Art. 55 ,ET , cuando no haya cumplido los requisitos del despido, pero con unas cargas y obligaciones ... y en un plazo establecido", no observadas en este supuesto.
  • b) Cualquier carta entregada al trabajador en el acto de conciliación previa carece de relevancia y eficacia en el proceso de despido,  sin perjuicio del efecto que ésta pueda tener sobre una eventual readmisión derivada del proceso de despido anterior o de la interrupción de la prescripción de los hechos imputados.

De acuerdo con la doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre el "despido "cautelar" o "despido dentro del despido" - STS 16-1-2009 (R. 88/2008) y STS 30-03-2010 (R. 2660/2009), entre otras, hemos de tener en cuenta:

"el despido del trabajador se configura como causa de extinción del contrato de trabajo por el apdo. 1 k) del Art. 49 ,Estatuto de los Trabajadores de modo que produce efectos directos e inmediatos sobre la relación de trabajo, sin perjuicio del posterior enjuiciamiento de su regularidad en caso de impugnación ante la jurisdicción" (STS, pleno, 31-1-2007 (R. 3797/2005) y 12-2-2007 (R. 99/2006)); no obstante, se admite "la posibilidad de un segundo despido durante la tramitación de la impugnación de otro anterior ... a partir de la consideración de la falta de firmeza de éste" (sentencias de casación ordinaria de 6 de octubre de 1984 y 8 de abril de 1986 ), sin perjuicio "del efecto extintivo del acto empresarial de despido al margen de su impugnación" (STS 8-4-1988, STS 7-12-1990, STS 20-6-2000 (R. 3407/1999), STS 15-11-2002 (R. 1252/2002)).

en estos casos de lo que coloquialmente se llama "despido dentro del despido", ha de entenderse que "el segundo despido no constituye por sí mismo un reconocimiento o aceptación de la vigencia de la relación que extinguió el primer despido", sino que se configura como una medida preventiva para el supuesto de que la primera decisión extintiva no gane firmeza" (STS 4-2-1991 ); y

"si con posterioridad la primera decisión extintiva gana firmeza el segundo despido pierde incluso esa eficacia puramente cautelar y no puede declararse de nuevo extinguido lo que ya lo está de manera firme ... pero de no ser así el segundo despido puede desplegar una eficacia propia, sin perjuicio de lo que resulte de su impugnación" (STS 16-1-2009 (R. 88/2008).

A la vista de la doctrina anterior, no cabe considerar la segunda carta de despido ni como subsanación de la primera al amparo del art. 55.2ET, porque no cumple los requisitos de este trámite excepcional, ni como supuesta "ampliación" de la primera que pretende formar cuerpo con ella. En efecto, esta hipótesis de ampliación de una primera carta de despido no es admisible en buena lógica, porque no cabe en rigor integrar dos cartas de despido de distintas fechas en una sola, habida cuenta de que la declaración de voluntad que contiene la primera ha producido ya sus consecuencias legales. Distinto es el caso, admitido por la jurisprudencia en una sentencia reciente (STS 27-2-2009 (R. 1715/2008 -TS, Sala de lo Social, de 27/02/2009, Rec. 1715/2008 -), de la inclusión en una única carta, junto a los hechos originarios del despido disciplinario, de otros hechos sancionables acaecidos en el momento en que se pretendió sin éxito la entrega de la carta que contenía el primer motivo.

BASE JURÍDICA

- Apdo. 2, Art. 55 ,Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

- Apdo.1 k), Art. 49 ,Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubr, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

- SIB-73904, TS, Sala de lo Social, de 30/03/2010, Rec. 2660/2009 y TS, Sala de lo Social, de 16/01/2009, Rec. 88/2008-

 

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