Caso práctico: ¿Es obliga...eléctrico?

Última revisión
21/06/2024

Caso práctico: ¿Es obligatoria la señalización de un cuadro eléctrico?

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 21/06/2024

Resumen:

En España, la señalización de seguridad y salud en el trabajo es una obligación legal cuando los análisis de riesgos lo requieren. Esta señalización no reemplaza las medidas de protección colectiva, sino que complementa la prevención de riesgos laborales. Específicamente, la señalización de riesgo eléctrico es mandatoria en cuadros eléctricos si persisten riesgos tras la evaluación y medidas preventivas. El Real Decreto 842/2002 y sus ITCs, aunque regulan las características de los cuadros eléctricos, no exigen una señalización específica de riesgo eléctrico.



PLANTEAMIENTO
 
¿Es obligatoria la señalización de un cuadro eléctrico?

¿Cómo se regulan las características constructivas de los cuadros eléctricos?
 
RESPUESTA

La normativa relativa a riesgo eléctrico no implica la necesidad de señalizar una instalación eléctrica. No obstante, si la preceptiva evaluación de riesgos entiende la existencia de un riesgo no controlado, será necesaria la señalización.

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