Última revisión
03/02/2026
Caso práctico: Nulidad de sanción tributaria por no valorar alegaciones presentadas en plazo
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 03/02/2026
Nulidad radical de sanción tributaria por dictarse sin valorar alegaciones presentadas en plazo. Diferencia con la mera anulabilidad de la liquidación.
PLANTEAMIENTO
La Dependencia Regional de Inspección de la AEAT notifica a la sociedad X, el 2 de marzo de 2023, un acuerdo de inicio de procedimiento sancionador junto con la propuesta de sanción derivada de un acta de disconformidad. Se concede un plazo de 15 días para formular alegaciones.
El 20 de marzo de 2023 (último día del plazo, tras ampliación concedida conforme al artículo 91 RGAT), la s...
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